La concejal de Hacienda del Ayuntamiento de San Bartolomé, Carmen González, informa a todos los vecinos que el pago de tributos podrá hacerse a través de la sede electrónica de la web municipal archivo.sanbartolome.es este año por primera vez, facilitando así el acceso de los ciudadanos cada vez a más servicios municipales. El plazo de pago voluntario del IBI en el municipio de San Bartolomé estará vigente del 7 de julio al 19 de diciembre, pudiendo domiciliar y fraccionar los pagos previa solicitud en las Oficinas Municipales de Recaudación.

La concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de San Bartolomé, informa que desde el 7 de julio hasta el 19 de diciembre de 2014 estará abierto en plazo de pago voluntario del IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA  2014  (IBI).

 

Los recibos pueden domiciliarse teniendo como plazo máximo para que se haga efectiva en este período 2014, los primeros veinte días del cobro de dicho impuesto. A su vez cabe recordar, que los tributos también pueden fraccionarse solicitándolo previamente en las Oficinas Municipales de Recaudación.

El pago de estos tributos podrá hacerse en cualquiera de las entidades colaboradoras, BANCA MARCH, LA CAIXA, CAJASIETE, EL BANCO SANTANDER, BANKIA y a través de la sede electrónica que se encuentra en la página web municipal archivo.sanbartolome.es. Para cualquier tipo de aclaración los interesados podrán dirigirse a la OFICINA MUNICIPAL  DE SAN BARTOLOMÉ, sita en la Calle San Simón nº 18 de Lunes a Viernes en horario de 8:30 a 14:30 horas y en la OFICINA MUNICIPAL DE PLAYA HONDA, sita en la Calle Merlín nº 1 Planta 1ª  de Lunes a Viernes en horario de 8:30 a 14:30 horas.

Aquellos contribuyentes que por cualquier causa no reciban el documento de pago deberán recabar la emisión de otro ejemplar en las Oficinas Municipales de Recaudación.

Domiciliación del pago

Según las ordenanzas fiscales reguladoras de dichos tributos, los contribuyentes que deseen domiciliar sus pagos podrán hacerlo a través de sus cuentas bancarias, previa solicitud, cumplimentando los impresos obrantes en las dependencias de Recaudación Municipal. Igualmente podrá efectuarse mediante la página web municipal archivo.sanbartolome.es.

Gozarán de un 5% de bonificación los contribuyentes cuya cuota tributaria sea igual o inferior a 3.005,06€. Esta bonificación no se aplicará cuando resulte devuelto el recibo por la entidad financiera por causas no imputables al Ayuntamiento.

Para que surta efecto en el presente ejercicio la domiciliación, deberá solicitarse antes del inicio del periodo voluntario de cobro o durante los primeros 20 días. En caso contrario,  tendrá efectos  en el ejercicio siguiente.

Fraccionamiento del pago

Durante el período voluntario de cobro, aquellos contribuyentes que lo deseen, podrán realizar el pago de los Tributos correspondiente a este ejercicio, en fracciones mensuales. Para ello solo tendrán que solicitarlo en la Oficinas Municipales de Recaudación.

Recargos si no se paga en período voluntario

Las deudas no satisfechas en el plazo señalado serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. ( Recargo ejecutivo del 5%, una vez notificado el recargo de apremio reducido será un 10%, de conformidad en el apartado 5 del artículo 62 de Ley General Tributaria, y si no concurran las circunstancias referidas, el recargo de apremio ordinario será del 20% más intereses de demora, art. 28 de la L.G.T.).