FORMACIÓN

En este apartado indicamos los Cursos de  formación profesional para el empleo existente para la isla de Lanzarote.

https://triaformacion.com/sanbartolome

https://microsistemas.es/cursos-gratuitos-este-mes-en-lanzarote/

https://focan.es/nuestros-cursos/formacion-gratuita/cursos-para-desempleados/lanzarote/

https://akacenter.com/cursos-por-isla/cursos-en-lanzarote/

https://www.centrodeformacioncanario.com/cursos/

CONVENIOS:  

  • Convenio entre el Ayuntamiento de San Bartolome y radio ECCA  las personas  empadronados  en el municipio podrán realizar de manera gratuita estudios de formación reglada de Secundaria y Bachillerato, además de  los estudios de formación no reglada que se ofertan durante el curso  en online.

Las plazas son limitadas.

Para información y matrícula enviar a este mail: c.martin@radioecca.org

  • Convenio entre SCE y radio ECCA, donde Radio Ecca pondrá cursos de preparación para pruebas de competencias  Claves para Acceder a Certificados de Profesionalidad de Nivel 2 y Nivel 3, a disposición de todas las personas que los deseen.

 Para ello podrán acudir al centro de Radio Ecca  situado en Arrecife o información en  competenciasclave@radioecca.org

Concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de eficiencia energética en pymes que prestan servicios en el ámbito de la actividad turística no alojativa en Canarias, con cargo a fondos Next Generation EU

Objeto:

Conceder subvenciones destinadas a financiar proyectos de eficiencia energética de pymes que prestan servicios en el ámbito de la actividad turística no alojativa ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo al Fondo de Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), financiada al 100% por el FEDER, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia COVID 19.

 En este ámbito actúan restaurantes, cafeterías, empresas de turismo activo, agencias de viajes, y demás empresas inscritas en el Registro General Turístico de Canarias.

Dirigido:   Empresas

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente Orden las pymes con residencia fiscal en España que prestan servicios en el ámbito de la actividad turística no alojativa ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las personas beneficiarias deben estar comprendidas en la calificación de pequeña y mediana empresa (PYME) según la definición contenida en el Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE-L 187/1 de 26 de junio de 2014), en función de sus efectivos, de su volumen de negocio y de su balance anual.

Cuantía:

La intensidad máxima de la ayuda a aplicar para los gastos subvencionables será del 95% del importe de la inversión subvencionada sin que, en ningún caso, la cuantía pueda superar los límites establecidos en la normativa de ayudas de Estado conforme al régimen de minimis regulado en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis,  publicado en el DOUE el 24 de   diciembre de 2013.
Por tanto, de conformidad con el artículo 3.2 del Reglamento 1407/2013, el importe total de las ayudas concedidas por un Estado miembro a una única empresa (o grupo empresarial) no puede exceder el importe de 200.000,00 euros, durante el período de tres ejercicios fiscales (los dos años anteriores y el año en curso), lo que debe quedar debidamente acreditado en el expediente. El importe de 200.000,00 euros está expresado en términos brutos (antes de deducción de impuestos u otras cargas).
Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo una inversión mínima de 1.000 euros excluyendo el impuesto general indirecto canario.

Criterios de valoración y baremación:

Estas ayudas se concederán por orden de presentación de las solicitudes correspondientes mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva previsto en el artículo 44 de la Ley 4/2021, articulándose mediante el procedimiento regulado en el artículo 16 apartado 5 a) y apartado 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 62.1 del Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre y el artículo 44 de la Ley 4/2021, y teniendo en cuenta que las ayudas se destinan a financiar actuaciones o situaciones concretas que no requieren de valoración comparativa con otras propuestas, se dictarán las resoluciones de concesión correspondientes por orden de presentación de solicitudes una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.

Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 20/1/2023 00:00

Fecha Fin: 30/4/2023 23:59

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA DESCARBONIZACIÓN INDUSTRIAL

Fomento de la descarbonización del sector industrial, en el marco de la Estrategia de Energía sostenible en las Islas Canarias. Más concretamente, las subvenciones que se regulan se incluyen en el Programa 3 de la Estrategia de Energía sostenible en las Islas Canarias, en sus dos líneas de financiación:

  • Línea 1: Proyectos integrados de renovables y eficiencia en el sector industrial: a través de esta línea podrán financiarse proyectos integrales que tengan por objeto la incorporación de las energías renovables y la mejora de la eficiencia energética de los edificios o naves del sector industrial y de sus procesos productivos.
  • Línea 2: Desarrollo de Comunidades energéticas en polígonos industriales.

 Dirigido:

  • Ciudadanos,
  • Empresas
  • Administración

Beneficiarios:

  • Personas jurídicas que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:
  • Las gestoras de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
  • Personas físicas que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
  • Las entidades locales canarias y el sector público institucional de cualquier Administración Pública canaria.
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

Cuantía:

El importe de las subvenciones a conceder con cargo a las presentes bases se calculará conforme a lo establecido en el Anexo II de las bases, teniendo en cuenta lo siguiente:

            – En el caso de personas y entidades que no realicen actividad económica, el cálculo se realizará conforme a lo establecido en el Anexo II, apartado 2.

            – En el caso de personas y entidades que realicen actividad económica, el cálculo se realizará conforme a lo establecido en el Anexo II, apartado 3.

Forma de Abono:

-Podrá aprobarse un abono anticipado de hasta un 50 % del importe concedido, una vez que se acredite el inicio de las actuaciones objeto de subvención, mediante Resolución del órgano competente, y previa petición expresa de la persona o entidad beneficiaria, que deberá acompañarse de la documentación exigida por la base vigesimoprimera, apartado 21.2.1, incluyendo la GARANTÍA que corresponda, en caso de que el importe concedido supere los 50.000,00 €.

-El importe restante (o la totalidad de la ayuda en caso de que no se haya efectuado anticipo) se abonará tras la presentación de la documentación justificativa que acredite la finalización total de la actividad subvencionada (conforme a la base vigesimoprimera), la comprobación de que se encuentra completa y cumple todos los requisitos establecidos en las presentes bases y la normativa aplicable, y una vez realizada la comprobación material de las actuaciones ejecutadas

Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 11/1/2023 00:00

Fecha Fin: 11/4/2023 23:59

EL PREMIO QUE IMPULSA A LAS EMPRESAS

La Cámara de Comercio de España, la Cámara de Comercio de Lanzarote y La Graciosa, la Cámara de Gran Canaria, la Cámara de Fuerteventura y el Banco Santander convocan el Premio Pyme del Año de 2023 de la provincia de Las Palmas. Estos premios pretenden reconocer el desempeño de las pequeñas y medianas empresas de la provincia, cuya actividad es fundamental para la creación de empleo y riqueza a nivel local.

El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el día 1 de marzo de 2023 y finalizará a las 20:00 horas del 14 de abril de 2023 (hora peninsular). La presentación de candidaturas se realizará a través del formulario de inscripción publicado en la página web de la Cámara de Cámara de Lanzarote y La Graciosa, de la web de Fuerteventura y de la web de la Cámara de Gran Canaria.

Dirigido:   Pequeña y mediana empresa  que:

 Innova

Crea empleo

Internacionalizada

 Puesta por la formación

 Sostenible

Se establece una única categoría de empresa ganadora:

  • Pyme del Año 2023 de Las Palmas

Y cuatro accésits

  • Premio a la internacionalización
  • Premio a la digitalización y la innovación
  • Premio a la formación y el empleo
  • Premio a la pyme sostenible

Para inscripción en : https://camaralanzarote.org/premio-pyme-del-ano/

La empresa ganadora del Premio Pyme del año 2023 de Las Palmas concurrirá al Premio Nacional Pyme del Año 2023 que se fallará en el primer trimestre de 2024. Asimismo, las empresas ganadoras de los diferentes accésits concurrirán al Premio Nacional en sus respectivas categorías.

LAS HERRAMIENTAS DIGITALES RECOMENDADAS POR EL MINISTERIO PARA AUTÓNOMOS Y PYMES

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital recomienda a los autónomos y pymes una serie de herramientas digitales que les permiten trabajar desde cualquier lugar y ser mucho más eficientes.

El uso de las aplicaciones de gestión empresarial ha logrado disminuir el consumo de recursos y el tiempo de realización de actividades.

Entre las herramientas digitales que recomienda destaca Microsoft Office 365, una suite ofimática de aplicaciones para ordenadores de escritorio, servidores y servicios para los sistemas operativos Microsoft Windows, Mac OS X, iOS, Android y Linux. Office 365 incluye programas como Word, Excel, Power Point, Outlook y Acces.

También recomiendan un servicio de alojamiento y de sincronización de archivos como es Google Drive que proporciona un acceso cifrado y seguro a los archivos. Al ser una aplicación en la nube, no es necesario tener archivos locales, minimizando los riegos de pérdida de archivos en caso de que a los dispositivos les pase algo.

Para ayudar en la organización y gestión de tareas se propone Trello, Slack, Asana, que son aplicaciones que ayudan en la gestión de las tareas y comunicaciones empresariales. Estas aplicaciones ayudan en la organización de las tareas, el orden de los plazos, la coordinación de los equipos, entre otras funciones.

Aparte de dichas aplicaciones, Evernote también ayuda a organizar información personal mediante el archivo de notas. Existen versiones, por ejemplo, la versión del software para Windows es compatible con pantallas táctiles y el reconocimiento de escritura.

En el caso de necesitar diseñar una imagen o un documento, los autónomos y las pymes pueden recurrir a Canva. Se trata de una página web de diseño gráfico y composición de imágenes para la comunicación. Entre los diseños que puedes realizar, se encuentran documentos corporativos, tarjetas de visita, invitaciones, posts para redes sociales, entre muchas otras opciones.

Asimismo, el Ministerio recuerda que las pymes pueden acudir a su oficina de Acelera pyme y recibir asesoramiento para digitalizar su empresa.

NOVEDADES FISCALES PARA AUTÓNOMOS EN 2023

Una de las novedades más destacadas en material fiscal que trae este nuevo sistema es el Impuesto de Sociedades (IS). Para todas las empresas que facturen menos de un millón de euros, el IS pasa del 25% al 23%. Además, en el caso de tener menos de cuatro años de vida, la base impositiva ahora es del 15%. Es decir, que los emprendedores que lanzan su empresa, el impuesto será del 15% hasta que cumplan cuatro años de actividad.

La facturación electrónica ha entrado en vigor este 2023. Sin embargo, de momento solo es obligatoria para aquellas empresas que tengan una facturación que supere los 8 millones de euros anuales. El resto de autónomos y empresas tienen margen hasta 2025. Aún así, se recomienda que las facturas empiecen a ser todas en formato electrónico.

Otra novedad importante que ha traído este 2023 es el proceso de recuperación del IVA de las facturas impagadas. Cuando un autónomo reclama una factura impagada a un cliente ya se considera como tal, sin la necesidad de tener que ir por la vía judicial, por lo que el trámite es más sencillo y rápido. De igual manera, el importe para reclamar se reduce a los 50 euros (antes tenían que ser 300 como mínimo).

También se modifica el porcentaje de los gastos de difícil justificación. Se pasa del 5% al 7% en estimación directa simplificada.

Gastos deducibles de los autónomos en la renta 2023

Los gastos deducibles son aquellos costes que tiene un autónomo y puede desgravarse fiscalmente en su declaración de la renta. Sin embargo, no todos los costes son deducibles, sino que deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Tiene que tener relación directa con la actividad económica.
  • Debe justificarse siempre con factura para poder demostrar que son reales.
  • Registrarse en el libro contable correspondiente.

Vamos a ver qué gastos son deducibles en la próxima declaración de la renta, según la Agencia Tributaria:

  • La propia cuota mensual de autónomo a la Seguridad Social.
  • Lo que se consideran consumos de explotación. Es decir, aquellos necesarios para desempeñar el trabajo día a día, como las materias primas, material de oficina, etc.
  • Conservación y reparación. Todos los gastos que tengan que ver con el mantenimiento de estos materiales o equipos del lugar de trabajo.
  • Sueldos de los empleados.
  • Los gastos derivados de los trabajadores contratados. Es decir, los seguros, las indemnizaciones en caso de haberlas, regalos, etc.
  • Alquiler o renting de coches de empresa.
  • Alquiler del local o la oficina en la que se desempeñe el trabajo.
  • Gastos profesionales externos, como un abogado, un asesor o un consultor.
  • Servicios externos contratados para el desempeño de la actividad empresarial, como gastos informáticos, de publicidad, bancos, taxis, etc.
  • Los impuestos considerados fiscalmente deducibles, como el IBI o el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • Seguros de salud (incluyen los de la familia e hijos hasta los 25 años).
  • Las comidas de los autónomos. Se establece un máximo de 26,67 euros diarios en dietas. Sube a los 48,08 euros al día en caso de que se esté fuera de España en alguna reunión de negocios
  • Formación. Cuando el profesional autónomo comienza un curso, éste y los materiales necesarios se pueden deducir.
  • Gastos de inversión. Aquella maquinaria, equipos o demás materiales que se compren para mejorar la productividad del negocio, también serán deducibles al 100%.
  • Gastos de los suministros del local, oficina o establecimiento en el que se desarrolla el trabajo. Además, los autónomos que desempeñen su actividad en su propia casa, podrán deducirse los gastos de los suministros como la electricidad, internet, teléfono o el agua. En concreto, se puede desgravar el 30% de IRPF de la parte proporcional de la vivienda dedicada al trabajo. Es decir, que si se estima que es el 15% de la vivienda a que se utiliza con fines empresariales, el 30% se aplicará a ese espacio.

Para poder considerar cualquiera de estos gastos como deducible, se debe demostrar que existe y que, en efecto, se usa con fines empresariales. Por ello, es fundamental presentar la factura, el recibo, la nómina, la escritura pública, o lo que corresponda, junto a la declaración para poder desgravarse.

NUEVA EDICIÓN DE LA FERIA DE SALDOS Y OPORTUNIDADES ACEA 2023

El pasado 28 de marzo se presentó esta iniciativa  organizada por la Asociación de Comercios y Empresarios Ajei de San Bartolomé, que se llevará a cabo por segunda vez los días 29 y 30 de abril

Se ha presentado la segunda Edición de la “Feria de Saldos y Oportunidades ACEA 2023”. Este evento estará organizado por la Asociación de Comercios y Empresarios Ajei de San Bartolomé, en colaboración con el área de Comercio del Cabildo y con el Ayuntamiento de San Bartolomé, y estará dedicado a la venta de productos de liquidación, ofertas y remates finales.

 A dicho  acto asistió la consejera de Comercio, Carmen Guadalupe, la concejala de Comercio del Ayuntamiento de San Bartolomé, Alma González, y el presidente de ACEA, Oswaldo Machín, entre otros. Por otra parte, durante el encuentro, se dieron a conocer el resto de acciones que contribuirán a seguir dinamizando la zona comercial.

 La feria  tendrá lugar durante los días 29 y 30 de abril, donde muchos de los comercios asociados eliminarán parte del stock de sus almacenes gracias a esta acción donde se podrá conseguir todo tipo de productos a los mejores precios.

El evento se celebrará de 10:00 a 20:00 horas el sábado, 29 de abril, y de 10:00 a 15:00 horas el domingo, 30 de abril, en ambas jornadas en la Plaza León y Castillo de San Bartolomé. Durante los dos días de feria se llevará a cabo un amplio programa de actividades que contará con acciones para niños y niñas, talleres o música en vivo.

Además, todas las compras que se hagan tendrán premio. Se sortearán tres vales de 50 euros por cada 10 euros de compra en la feria o en cualquier comercio adherido de ACEA durante el sábado y el domingo.

El Centro de Salud de Playa Honda ya cuenta con el proyecto básico

Se trata de un importante avance, previo al inicio de una obra tan necesaria para la población de la localidad

El Ayuntamiento de San Bartolomé ha recibido el proyecto básico para la construcción del Centro de Salud de Playa Honda, esta fase del trabajo es la que define las características generales de la obra y sus prestaciones mediante la adopción y justificación de soluciones concretas.

El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, explica que este acontecimiento se suma a los anteriores progresos llevados a cabo por la Corporación para avanzar en el proyecto de construcción del nuevo Centro de Salud del municipio.

La consecución de esta parte del proyecto supone un importante paso adelante para el inicio de las obras del Centro, ya que la pasada semana se aprobó la memoria ambiental de una obra necesaria para las vecinas y vecinos del municipio que cada vez está más cerca.

Lo próximo, después de haberse remitido el proyecto básico, es la elaboración del preceptivo informe de conformidad urbanística y su posterior licencia urbanística, que será el último escalón antes de que el Centro de Salud de Playa Honda inicie su fase de ejecución y sea finalmente una realidad.

El Centro consta de una parcela de 1.917 metros cuadrados, situada en la calle Fayna, detrás del Centro Cívico de Playa Honda, y con una inversión cercana a los 7 millones de euros y el edificio contará con planta sótano, primera y segunda planta.

En la planta baja se ubicará el área administrativa, zona de fisioterapia, urgencias, zona de pediatría, y las salas de atención ordinaria; la planta alta será destinada a medicina de familia, al área de crecimiento y de la mujer, mientras que la planta sótano contará con parking y una zona de almacén.

 

Comienzan las obras de rehabilitación y mejora de las canchas anexas al polideportivo de San Bartolomé

El Ayuntamiento invierte 302.913,61 euros para el acondicionamiento de las canchas traseras exteriores al polideportivo de San Bartolomé

El Ayuntamiento de San Bartolomé comienza las obras de rehabilitación, adecuación y mejora de las canchas traseras exteriores al polideportivo. Esta obra tendrá un plazo de ejecución de tres meses y contempla un presupuesto de licitación de 302.913,61 euros que provienen de fondos propios. 

El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, explica que con esta obra se pretende dotar al municipio de nuevos espacios deportivos abiertos en óptimas condiciones y  adaptados a las necesidades de nuestros deportistas.

Esta obra permitirá que los clubes deportivos y las vecinas y vecinos, hagan uso de nuevos espacios donde practicar sus actividades, promoviendo de esta forma el deporte en San Bartolomé. 

La intervención se llevará a cabo en la zona trasera del polideportivo donde actualmente se encuentran las canchas de tenis y de fútbol. Con esta actuación, se creará una cancha multiusos, un circuito de calistenia y una cancha de padel.