EL CABILDO ABRE LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES DE CONCESIÓN DIRECTA A LA PRODUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL VIÑEDO

El plazo para presentar las solicitudes de la subvención estará abierto hasta el próximo 21 de junio y las ayudas se pueden solicitar en la Granja Agrícola Experimental o en la sede electrónica del Cabildo de Lanzarote

El Cabildo de Lanzarote, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, abre la convocatoria de las subvenciones de concesión directa para el sector vitícola de la Isla.

El consejero del Sector Primario del Cabildo insular, Andrés Stinga, adelanta que el plazo para solicitar la ayuda será hasta el 21 de junio y subraya la importancia de estas ayudas “para fomentar la producción de uva y para compensar la escasa cosecha del año 2020 motivada, principalmente, por las escasas precipitaciones”.

Estas subvenciones están dirigidas a los y las viticultores, físicos o jurídicos, que se encuentren inscritos en el Consejo regulador de Vinos de la Denominación de Origen Vinos de Lanzarote, en el momento de presentar la solicitud de ayuda y hayan realizado la declaración de cosecha en el año 2020 o en su defecto relación de operaciones de venta de uvas a bodegas pertenecientes a la D.O. “Vinos de Lanzarote” (Anexo III).

Los interesados en tramitar la subvención deben aportar:

  • DNI electrónico del solicitante y justificante de haber cursado el alta a terceros en el Cabildo de Lanzarote.

*Las personas jurídicas deben presentar su solicitud de forma obligatoria a través de la sede electrónica en el procedimiento habilitado para ello.

Será necesario aportar:

Anexo I ‘Solicitud de ayuda’, indicando la superficie para la que solicita subvención que debe coincidir con la indicada en el Anexo III ‘Informe acreditativo sobre la producción del viñedo emitido por el Consejo Regulador de la DO Vinos de Lanzarote’.

Anexo II ‘Declaración responsable’ firmado digitalmente.

Anexo III ‘Informe acreditativo de la producción del viñedo’ firmado por el Consejo Regulador de la DO Vinos de Lanzarote.

Anexo IV ‘Alta a terceros’ justificante de haber cursado el alta a terceros en el Cabildo de Lanzarote.

  • Las ayudas se pueden solicitar en la Granja Agrícola Experimental o en la sede electrónica del Cabildo de Lanzarote. La Granja Agrícola Experimental enviará SMS a todos los viticultores que cumplan los requisitos para optar a la subvención, según los datos facilitados por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Vinos de Lanzarote (Anexo III), asignándole un día para acudir a tramitar la ayuda de manera presencial en horario de 8:00 a 13:00h.

https://www.cabildodelanzarote.com/-/el-cabildo-abre-la-convocatoria-de-las-subvenciones-de-concesi%C3%B3n-directa-a-la-producci%C3%B3n-y-conservaci%C3%B3n-del-vi%C3%B1edo

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NOTICIA: La UE convoca ayudas de un millón de euros para jóvenes emprendedores de regiones ultraperiféricas, como Canarias

Los proyectos tendrán que estar centrados en las prioridades europeas, como las transiciones ecológica y digital, la recuperación socioeconómica, la igualdad o la inclusión

La Comisión Europea ha lanzado este miércoles una convocatoria de ayudas por valor de un millón de euros para jóvenes emprendedores en las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea (UE), como Canarias, según ha informado la Institución en un comunicado.

Se trata de la primera iniciativa enmarcada en la nueva estrategia de la UE para las nueve regiones ultraperiféricas (RUP) del bloque, que son Canarias (España), Guadalupe, Guayana Francesa, Reunión, Martinica, Mayotte y San Martín (Francia) y Azores y Madeira (Portugal).

La convocatoria de propuestas, además es el primer paso de un proyecto de dos años que, en el marco del Año Europeo de la Juventud 2022, apoyará “al menos 70 acciones de ciudadanos jóvenes con entre 15 y 24 años”.

El Ejecutivo comunitario ha explicado que el objetivo es apoyar a europeos jóvenes en estas regiones “vulnerables y remotas” para que desarrollen actuaciones “a la medida ” de sus territorios para mejorar la calidad de vida y el crecimiento económico.

Los proyectos tendrán que estar centrados en las prioridades europeas, como las transiciones ecológica y digital, la recuperación socioeconómica, la igualdad o la inclusión, han precisado las autoridades comunitarias.

“Los jóvenes pueden ser agentes de cambio, emprendedores e innovadores en sus comunidades locales. Necesitamos la visión, el compromiso y la participación de la gente joven para construir el futuro de la UE sin dejar a nadie rezagado”, ha destacado la comisaria de Cohesión y Reformas, Elisa Ferreira.

La comisaria portuguesa ha señalado que la Comisión Europa quiere dar a los jóvenes de las regiones ultraperiféricas del bloque “una oportunidad para construir su propio futuro” y diseñar proyectos que “marquen la diferencia en estos territorios remotos y vulnerables”.

Bruselas presentó precisamente este martes una nueva estrategia para facilitar inversiones en las regiones ultraperiféricas en ámbitos como las transiciones verde y digital, potenciar sus “activos únicos” y reducir las “desventajas permanentes” que afectan a su desarrollo.

En el documento, Bruselas ha enfatizado que estas islas ofrecen “activos únicos” para la UE como biodiversidad y fuentes de energías renovables, pero también se enfrentan a “desventajas permanentes” que ponen freno a su desarrollo, como es el elevado desempleo juvenil.

Fuente: EFE

4 de mayo de 2022

Subvenciones para la promoción del empleo autónomo

Objeto: Facilitar la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia.

A quién está dirigido: Ciudadanos y Autónomos

Beneficiarios:

  1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el SCE, cuando se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Canarias y se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (en adelante RETA), en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia o Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional, y que además cumplan el resto de requisitos exigidos en las Bases Reguladoras, así como en la normativa que le sea de aplicación con carácter general.
  2. Por su parte, las personas que, además de cumplir los requisitos establecidos en las presentes Bases, estén inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, podrán beneficiarse de la financiación específica del Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Garantía Juvenil.
  3. Las personas solicitantes podrán ser beneficiarias cuando formen parte de comunidades de bienes, o sociedades civiles particulares, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.

Requisitos previos:

 Las personas solicitantes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Solicitar la subvención en el plazo máximo de un año contado a partir de la fecha de alta en el RETA, Régimen Especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad de Colegio profesional.
  • Haber causado alta en el RETA, en el Régimen Especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad del colegio profesional, con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención. La fecha de alta se considerará como fecha de inicio de actividad. Asimismo deberán haber causado alta en el Censo de obligados tributarios y en el Impuesto sobre Actividades Económicas (en adelante IAE). La persona solicitante no podrá estar en alta en el IAE en otra actividad económica con anterioridad al alta de la actividad por la que solicita la subvención.
  • Seguir de alta en el RETA o Régimen especial por cuenta propia que corresponda y en el IAE como persona física en el momento de la concesión de la subvención, excepto si queda acreditado que la persona interesada ha permanecido en alta y realizando efectivamente la actividad económica o profesional por la que solicitó la subvención durante un mínimo de tres años.
  • Estar desempleada previamente a la fecha de inicio de la actividad. A los efectos de esta Orden, se considerarán personas desempleadas a las demandantes de empleo, no ocupadas, que estén registradas en el SCE.
  • Realizar su actividad empresarial o profesional y tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuantía:

  • SUBVENCIÓN POR EL ESTABLECIMIENTO: La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, se graduará en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con los colectivos que figuran en la BASE QUINTA de la normativa reguladora.
  • SUBVENCIÓN FINANCIERA: Esta subvención será equivalente a la reducción de cuatro puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo, o hasta el total de los intereses si el tipo fuera inferior al cuatro por ciento, y se pagará de una sola vez, en cuantía calculada como si la subvención se devengase cada año de la duración del mismo, incluido el posible período de carencia. El límite de la subvención, hasta un máximo de 10.000,00 euros, se determinará por el Servicio Canario de Empleo, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los colectivos establecidos para la modalidad de establecimiento.
  • SUBVENCIÓN ASISTENCIA TÉCNICA: La cuantía de esta subvención será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con un límite de 500 euros
  • SUBVENCIÓN PARA FORMACIÓN: La cuantía de esta subvención será de hasta el 75% del coste de los cursos recibidos, con un límite de 1.000 euros.

Acceso directo a la ficha de información: Subvenciones para la promoción del empleo autónomo. – Sede electrónica del Gobierno de Canarias

 

 

Aprobadas las subvenciones de concesión directa para el sector de la viña de Lanzarote

El Cabildo de Lanzarote ha publicado la aprobación inicial de las subvenciones de concesión directa para el sector de la viña de la Isla. De esta forma, la Institución insular destinará un millón de euros, procedentes de fondos propios, para apoyar al sector vitivinícola y ayudar en los gastos derivados de su actividad.

La presidenta y consejera del Sector Primario del Cabildo de Lanzarote, María Dolores Corujo, señala la importancia de estas ayudas “para que un sector muy afectado por esta crisis haga frente a los gastos que supone el mantenimiento de sus cultivos”.

Asimismo, la presidenta explica que la finalidad de la subvención es, por un lado, fomentar la producción de uva, utilizando variedades locales de viña que son parte del patrimonio agrícola de la Isla y, por otro, conservar el paisaje vitivinícola insular caracterizado por unos sistemas de cultivo únicos.

Podrán optar a esta subvención viticultores y viticultoras que lleven inscritos en el Consejo Regulador de la D.O. Vinos de Lanzarote desde el año 2020 y se concederá un máximo de 1.000 euros por hectárea de viña inscrita.

Se estima que la convocatoria definitiva se abrirá en el próximo mes de abril y tendrá un plazo de 2 meses para presentar solicitudes. La solicitud se presentará a través de la sede electrónica del Cabildo de Lanzarote, donde se abrirá un proceso específico para ello.

Fuente: Diario de Lanzarote

KIT DIGITAL: el pasado 15 de marzo se abrió el plazo de solicitud Qué son las ayudas a la digitalización de Kit Digital

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno español para fomentar la digitalización de la pyme a través de subvenciones para la implantación de soluciones digitales. Tiene una dotación de más de 3.000 millones de euros, que provienen de los fondos Next Generation de la Unión Europea. 

Para quién es el Kit Digital

Los autónomos y las pymes de hasta 49 empleados podrán solicitar estas subvenciones, también conocidas como Bono digital, para digitalizar su actividad en relación a 10 categorías, entre ellas, la Gestión de Clientes, Inteligencia empresarial y analítica, Gestión de procesos y la Factura electrónica.

La primera convocatoria se inició el pasado 15 de marzo, para las empresas entre 10 y 49 empleados.

 Requisitos para acceder al Kit Digital

  • No haber superado el límite de ayudas de pequeña cuantía establecida por el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025
  • No estar considerada como empresa en crisis. Asimismo, para poder realizar la solicitud es necesario contar con una antigüedad mínima y estar en situación de alta.
  • Ser autónomo, microempresa o pequeña empresa de hasta 49 empleados y, por tanto, cumplir con los límites financieros establecidos para cada una de estas categorías empresariales.
  • No haber realizado ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones 38/2003.
  • No haber faltado a las obligaciones tributarias ni de Seguridad Social.
  • Registro en acelerapyme.es y paso por el test de autodiagnóstico que permite conocer el nivel de digitalización actual.

Consulte los detalles en el siguiente enlace de acceso a la Guía Rápida: 2021124_Kit Digital_Guía rápida para pymes_V11 (acelerapyme.gob.es)

Fuente: www.acelerapyme.es

SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE BONOS DE INNOVACION

Para servicios de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica en innovación empresarial e implantación de sistemas basados en TIC: soluciones de gestión empresarial (ERP, CRM), comercio electrónico, aplicaciones móviles, impresión 3D, realidad virtual, blockchain… 

Objeto:

Subvenciones del programa de bonos de innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2022

A quién está dirigido:

Empresas

Inicio del trámite:

Interesado

Beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones reguladas por estas bases, empresas válidamente constituidas, de acuerdo con la definición que figura en el Anexo II, y los profesionales
autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Grado de administración electrónica:

Nivel 4: Tramitación electrónica completa

Se publica en la Ventanilla Única Europea:

No

Requisitos previos:

  1. Podrán acogerse a estas subvenciones, las empresas, de acuerdo a la definición que figura en el Anexo II de la ORDEN de 27 de abril de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en el Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    2. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la reseñada Ley General de Subvenciones.
    3. No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que a su vez figuren como prestadores de servicios en el programa de bonos de innovación.
    No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades o personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artº. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuantía

Con carácter general, la intensidad de la ayuda será de un 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros.
En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se mantendrá el importe de la subvención concedida siempre que no se supere el % máximo establecido.
Las empresas que se acojan a estas ayudas habrán de tener en cuenta que podrán optar a ellas siempre y cuando no excedan el importe máximo contabilizado durante el periodo
de tres ejercicios fiscales dado el carácter de mínimis de este régimen de ayudas.

Criterios de valoración y baremación:

Procedimiento simplificado: fecha de presentación de solicitud.

Forma de Abono:

Previa justificación mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.

Medios de presentación: Electrónico:

Acceda a la gestión telemática

Plazo de presentación: Fecha Inicio: 5/4/2022 09:00, Fecha Fin: 29/4/2022 14:00

Fuente: sede.gobiernodecanarias.org (06.04.22)

Convocatoria “Ayudas a Emprendedores en el ámbito Nacional” 2022 (segunda edición)

La escuela de Organización Industrial (EOI) convoca la concesión de subvenciones para el fomento del emprendimiento de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo, de acuerdo con lo previsto en la Orden ICT/816/2020, de 10 de agosto.

Vacantes: 68

Importe Convocatoria: 204.000,00 EUR

Importe máximo de la ayuda: 3.000 € por beneficiario.

Más información en el siguiente enlace:

https://eoi.fundanetsuite.com/ConvocatoriasPropias/es/Convocatorias/VerConvocatoria?Id=91#new_tab&utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=abierto-el-plazo-para-ayudas-a-emprendedores-2022