Las empresas apuestan por la flexibilidad en la entrada y salida del trabajo

Estrategias de flexibilidad Horaria: clave para el futuro del trabajo.

Existen diferentes aspectos en los que las empresas se están viendo obligadas a incidir a la hora de retener el talento. Muy lejos de esta figura, tal vez un tanto trasnochada, de que la retención del talento se basa solamente en las compensaciones salariales, cada vez en mayor medida las estrategias de las empresas pasan por diferentes políticas, incluyendo las medidas de flexibilidad horaria.

La flexibilidad horaria, una parte fundamental de la conciliación entre vida personal y profesional, está mostrando además ser una herramienta que aporta beneficio estratégico para las empresas.

La flexibilidad laboral en España

Según un reciente estudio realizado por Randstad Research y la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), prácticamente el 60% del tejido empresarial español ya ofrece algún tipo de grado de flexibilidad horaria a los trabajadores. La tendencia, lejos de ser una moda pasajera, se está consolidando tras la pandemia como un elemento muy importante dentro de las estrategias de recursos humanos, en línea con otras políticas como las jornadas intensivas o los modelos híbridos presencial/remoto.

La retención del talento recoge cada vez en mayor medida la percepción de los trabajadores que valoran más las ofertas laborales que permiten el equilibrio entre vida personal y profesional. Recordemos que incluso el propio gobierno de España ha propuesto un pacto para la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, en línea también con esta tendencia.

Desafíos y soluciones en la implementación de la flexibilidad horaria

Sin embargo, no se trata de un camino sencillo, y de hecho, no son pocas las empresas que muestran reticencia ante la flexibilidad horaria, fundamentalmente basadas en el miedo a la pérdida del control o la disminución de la productividad. Pero, tal y como señala Marcelo Dos Reis, CEO de SPEC, empresa de soluciones de gestión horaria, este miedo puede ser infundado ya que la flexibilidad horaria de entrada y salida mejora el clima laboral, pero también puede mejorar e impulsar la creatividad.

Para conseguir que estos modelos funcionen, cada vez existen más herramientas tecnológicas que ayudan precisamente en los controles eficaces del tiempo de trabajo. Herramientas que gestionan los registros de tiempo trabajado, incluso en entornos de teletrabajo, y herramientas avanzadas que permiten el seguimiento detallado de las actividades laborales más allá de la flexibilidad, lo que facilita la productividad.

La flexibilidad horaria se perfila como una estrategia indispensable para las empresas que buscan no solo atraer sino retener al talento en un mercado laboral cada vez más exigente. Al ofrecer a los trabajadores la posibilidad de conciliar de manera más efectiva su vida laboral y personal, las empresas no solo mejoran su bienestar sino que también se benefician de un incremento en la satisfacción y productividad laboral.

La implementación de herramientas tecnológicas adecuadas emerge como un factor clave para asegurar el éxito de estas políticas, demostrando que la flexibilidad horaria y la eficiencia empresarial pueden ir de la mano en la búsqueda de un entorno laboral más humano y productivo.

La Sinergia entre Bienestar y Productividad

El vínculo entre el bienestar de los empleados y la productividad de una empresa es un pilar fundamental en el diseño de políticas laborales modernas. No se trata de una moda pasajera; el mercado laboral post-pandemia no solo está cambiando en cuanto a desafíos estructurales, también en cuanto a enfoque, siendo tan claros como el de la flexibilidad horaria. Enfoques que trascienden la mera flexibilidad y abogan por una visión holística del entorno laboral, donde cada medida adoptada contribuye a forjar una cultura empresarial resiliente y adaptativa.

Las organizaciones líderes están descubriendo que el bienestar emocional, físico y mental de sus trabajadores juega un rol crítico en el desempeño global de la empresa. Iniciativas como espacios de trabajo ergonómicos, programas de bienestar y salud mental, y actividades de team building diseñadas para fortalecer la cohesión del equipo se están convirtiendo en estándares dentro de las políticas de recursos humanos.

Estas prácticas, lejos de ser consideradas un lujo, se entienden como inversiones estratégicas que potencian la innovación, fomentan la creatividad y reducen el absentismo laboral. Al priorizar el bienestar integral de los empleados, las empresas no solo elevan su atractivo como lugares deseables para trabajar sino que también aseguran su competitividad y sostenibilidad a largo plazo en un mercado laboral en constante evolución.

Tributación del Impuesto de Sociedades en las pymes

Es fundamental conocer este impuesto para sacar adelante una pequeña empresa.

Las PYMES, que en España y en la Unión Europea son aquellas empresas que dan ocupación a menos de 250 trabajadores o trabajadoras y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros, como casi todas las sociedades y entidades, deben presentar, y pagar, el Impuesto de Sociedades.

El Impuesto de Sociedades, según se define en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, es un tributo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas, incluidas asociaciones y fundaciones, cualquiera que sea su fuente u origen, siempre que tengan su residencia en territorio español. Es decir:

Que se hubieran constituido conforme a las leyes españolas.

Que tengan su domicilio social en territorio español.

Que tengan su sede de dirección efectiva en territorio español o que estén radicadas en algún país o territorio de nula tributación o calificado como paraíso fiscal, cuando sus activos principales, directa o indirectamente, consistan en bienes situados o derechos que deban cumplirse o ejercitarse en territorio español, o cuando su actividad principal se desarrolle en territorio español.

Lo anterior incluye tanto las microempresas como las pequeñas y medianas empresas, pero la propia ley que regula el Impuesto sobre Sociedades también reconoce excepciones excluidas de atender a este impuesto.

Entre otras, además de las entidades de carácter público y las entidades e instituciones sin ánimo de lucro, quedan fuera las sociedades civiles que no tengan un objeto mercantil, así como las consideradas “entidad patrimonial”, porque se entiende que no realizan una actividad económica.

Asimismo, se excluyen las herencias yacentes, las comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica, porque las rentas que obtengan se atribuyen a cada uno de los socios, herederos, comuneros o partícipes y, en su caso, tributarán conforme a lo dispuesto para otros impuestos. Véase, el Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Cuánto tributan las PYMES por el Impuesto de Sociedades?

La cuantía que deben pagar las PYMES en concepto de Impuesto de Sociedades dependerá de múltiples factores, como la base imponible y el tipo de gravamen.

La Base Imponible es el importe de las rentas obtenidas por la entidad durante todo el período impositivo, que suele ser de un año y coincidir con el año natural. Así, deben contarse los ingresos y deducirse los gastos correspondientes al período impositivo en que se produzca su devengo con arreglo a la normativa contable, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro. Además, se verá minorada por la compensación de bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores.

No pueden deducirse, entre otros gastos, los derivados de multas o de servicios por operaciones realizadas directa o indirectamente con personas o entidades residentes en países o territorios calificados como paraísos fiscales.

El Tipo de Gravamen será el 25% de la Base Imponible, o el 23% cuando el importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros. No obstante, las entidades de nueva creación tributarán el 15% en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, excepto cuando deban tributar a un tipo inferior.

Además, al resultado de aplicar el Tipo de Gravamen a la Base Imponible, habrá que restar las deducciones, bonificaciones y amortizaciones que permita la ley.

¿Cuándo deben las PYMES presentar y pagar el Impuesto de Sociedades?

La presentación del Impuesto de Sociedades debe hacerse en 25 días naturales desde que transcurran 6 meses contados a partir de la finalización del periodo positivo o ejercicio económico de la entidad, que suele coincidir con el año natural. Es decir, de 1 de Enero a 31 de Diciembre.

De modo que, si el ejercicio económico de la entidad coincide con el año natural, el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2023 debe presentarse entre el 1 y el 25 de Julio de 2024.

Sin embargo, con el objetivo de repartir la carga fiscal del Impuesto de Sociedades a lo largo del ejercicio económico y evitar su acumulación, facilitando la planificación financiera, durante el mismo se realizan una varios pagos fraccionados trimestralmente:

El primero del 1 al 20 de Abril.

El segundo del 1 al 20 de Octubre.

El tercero del 1 al 20 de Diciembre.

Estos pagos fraccionados se descontarán de la liquidación definitiva de Julio.

¿Cómo pueden las PYMES presentar y pagar el Impuesto de Sociedades?

La presentación y liquidación del Impuesto de Sociedades por las PYMES se realiza a través del Modelo 200, rellenando los distintos apartados con la información de la sociedad, como sus actividades económicas, ingresos, gastos y beneficios, entre otras circunstancias que puedan afectar al impuesto. Todo ello, será de forma telemática en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, para lo cual es obligatorio contar con el certificado electrónico.

Por último, los referidos pagos fraccionados deben presentarse y pagarse a través del Modelo 202, rellenando los datos correspondientes y también de forma telemática.

Red de Empleabilidad Canaria (REC)

La REC es una red de trabajo cooperativo que genera espacios de colaboración entre especialistas de la Orientación Profesional para el Empleo. Su finalidad es mejorar las posibilidades de inserción de las personas que están buscando empleo, aprovechando, las ventajas del carácter heterogéneo y multidisciplinar del equipo de profesionales que la integran.

La componen especialistas de las entidades y organismos que trabajan en materia de orientación y empleo, en el territorio de Canarias.

La REC se divide en diferentes REC-locales, distribuidas por zonas de influencia de las oficinas de empleo, tal y como se muestra en el listado de las REC – locales de Canarias.

 Entidad u Organismo, si quieres formar parte de la Red de Empleabilidad Canaria, te indicamos cómo hacerlo.

Las entidades u organismos interesados en formar parte de la Red de Empleabilidad Canaria (REC), deberán contactar con el personal dinamizador de la REC-local más cercana a su zona de influencia, para hacerle llegar su interés por participar en la misma.

Para ello enviará un correo electrónico a la oficina de empleo más cercana a su zona de influencia, indicando en el Asunto: PARTICIPAR EN LA REC.

 

 

 

 

 

 

 

La ocupación de titulados en Formación Profesional crecerá en todos los sectores de aquí a 2035

La FP jugará un papel fundamental en el envejecimiento poblacional, la integración social y la lucha contra el abandono escolar.

La ocupación laboral de los técnicos en Formación Profesional tenderá a aumentar en casi todos los sectores económicos de España de aquí a 2035, según las conclusiones del último Observatorio sobre la FP La Formación Profesional ante los retos sociales, elaborado por CaixaBank Dualiza y Orkestra-Instituto Vasco de Competitividad. El informe, que estima que 3,8 de los 14 millones de oportunidades de empleo que se generarán en ese periodo corresponderán a graduados de FP, se centra en el papel central que esta formación tendrá ante retos sociales de envergadura como son el envejecimiento poblacional, la integración social, el abandono escolar temprano (a través de la FP Básica) e incluso la brecha de género.

De los 20 sectores económicos catalogados por la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, la presencia de titulados de FP crecerá en todos salvo en tres (construcción, energía, gas y vapor e industrias extractivas). Por el contrario, donde más aumentarán será en la industria manufacturera, hasta alcanzar el 40,8 % de los profesionales del sector, de manera similar a la que se producirá en el sector sanitario y en “Otros servicios”.

Una ocupación que, por un lado, responde a las necesidades del tejido productivo, pero que también sigue una lógica básica: si aumenta el número de personas tituladas en FP, algo que sin duda sucederá tras la aprobación de la nueva ley de Formación Profesional, aprobada en 2022, previsiblemente también lo hará el porcentaje de ocupados con dichos estudios.

San Bartolomé y AFA firman el contrato para la gestión del Centro de Respiro Familiar

El proyecto, que iniciará su actividad el 1 de marzo, es pionero en Lanzarote en el uso de la modalidad del concierto social para la administración del recurso

El Ayuntamiento de San Bartolomé y la Asociación Familiares Enfermos de Alzheimer y Otras Demencias de Lanzarote (AFA), han formalizado este miércoles la firma del contrato para la gestión del Centro de Respiro Familiar. Un proyecto que será una realidad el próximo 1 de marzo, con el inicio de su actividad.

Catalogado como centro de servicios sociosanitarios y apoyo familiar, el Centro se convierte en un referente en Canarias en la prestación de este tipo de servicio financiado con fondos propios, siendo el Ayuntamiento de San Bartolomé administración pionera en Lanzarote en el uso del concierto social como herramienta para la gestión del recurso.

El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, ha señalado que “el trabajo realizado durante años, que inició Alexis Tejera, permitirá que al menos 30 familias del municipio puedan beneficiarse de este servicio por el que el Ayuntamiento mantiene su compromiso firme con el bienestar y la calidad de vida de la ciudadanía”.

Por su parte, la concejala de Servicios Sociales, Carmen Medina, ha afirmado que con esta firma “se cumple el último trámite antes de la apertura del Centro, que garantizará la atención integral de los usuarios y que viene a dar respuesta en materia de conciliación de la vida familiar, laboral y privada de cuidadoras y cuidadores”.

AFA es una asociación referente en el cuidado y atención de familias y enfermos de Alzheimer u otro tipo de demencias. Su objetivo es favorecer la calidad de vida desde una perspectiva interdisciplinar, con una metodología participativa y un enfoque biopsicosocial de atención centrado en la persona, con 29 años de experiencia en el sector.

El Centro tiene como objetivo mejorar el nivel de autonomía individual de los usuarios, facilitando el respiro familiar y su permanencia en el entorno habitual de vida, ofreciéndose prestaciones de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación, habilitación o atención asistencial que dispondrá además de un servicio de manutención.

Entre las tareas y servicios a desempeñar por parte de AFA está la valoración de las circunstancias sociales de los usuarios y usuarias, la promoción de su integración y participación en la vida del centro y en el medio en que éste se ubica, la animación sociocultural y las relaciones con las familias.

El horario de apertura de las instalaciones será de 9:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes, permaneciendo el centro cerrado sábados, domingos y días festivos nacionales y locales.

Las solicitudes de acceso pueden realizarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, en el Registro General del Ayuntamiento y en los Registros de las oficinas municipales. Estas solicitudes estarán disponibles durante todo el año para las personas interesadas en solicitar una de las 30 plazas simultáneas de las que dispone el Centro.

Se inician las obras de las calles San Borondón y Princesa Ico y del proyecto ‘De Molina a Molina’

Las labores en Playa Honda tienen como objetivo mejorar la accesibilidad peatonal en el entorno de la localidad

Por su parte, los trabajos en San Bartolomé permitirán la recuperación de las calles José María Gil y Rubicón, revitalizando el patrimonio del municipio

El Ayuntamiento de San Bartolomé informa a las vecinas y vecinos del municipio del inicio de las obras de reacondicionamiento y reasfaltado de las calles San Borondón (tramos desde la calle Princesa Ico hasta la calle Guardilama y desde la calle Botavara hasta la calle Mástil) y Princesa Ico (desde la Calle Chimidas hasta la Avenida de las Playas), en Playa Honda. Unas labores que tienen como objetivo principal mejorar la accesibilidad peatonal en el entorno de la localidad.

Junto a estas, se han iniciado también los trabajos del proyecto ‘De Molina a Molina’, en San Bartolomé, para la recuperación en las calles José María Gil y Rubicón. Un proyecto financiado con fondos FEDER, dentro del marco de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible ‘Conurban Azul’, que permitirá obtener una nueva zona de esparcimiento y descanso, con mobiliario y vegetación acorde al entorno de la estética del casco antiguo de San Bartolomé.

El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, ha señalado que las obras en Playa Honda “permitirán hacer del municipio un lugar más amable y accesible para el ciudadano, lo que supone mantener la apuesta por un plan que se inició hace algunas legislaturas pensando en el bienestar de las vecinas y vecinos”.

En cuanto a las obras del proyecto ‘de Molina a Molina’, Pérez ha afirmado que este se realiza “de forma que podamos recuperar espacios emblemáticos de San Bartolomé, dando un valor prioritario al patrimonio del municipio”.

Por su parte, el concejal de Obras Públicas, Raúl de León, ha señalado que “desde el Ayuntamiento somos conscientes de que, por más necesarias que sean estas intervenciones, se producirán molestias en la zona”. Por ello, ha apuntado, “trasladamos a la ciudadanía nuestras disculpas por las posibles incomodidades que pudiesen surgir, agradeciendo su paciencia durante el transcurso de las labores y nos ponemos a su disposición para tratar de minimizar el impacto”.

Las obras en Playa Honda fueron adjudicadas a la empresa Señalizaciones Villar, con un presupuesto de ejecución de 1.354.779,40€ y tendrán un plazo de ejecución de 7 meses. Mientras que los trabajos del proyecto ‘De Molina a Molina’, en San Bartolomé, están adjudicados a la empresa Transportes y Excavaciones Tiagua, S.L., con un plazo de ejecución de 4 meses, y un presupuesto de ejecución de 495.348,10€, financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

San Bartolomé presenta la primera campaña de actividades para jóvenes 2024

El proyecto de dinamización juvenil, dirigido a personas de entre 4 y 40 años, contará con un programa de actividades, de lunes a jueves, durante los meses de marzo, abril y mayo

El Ayuntamiento de San Bartolomé ha presentado este martes, 20 de febrero, la Campaña de Primavera 2024. Un proyecto dirigido a los jóvenes del municipio de edades comprendidas entre los 4 y los 40 años, que se desarrollará en los meses de marzo, abril y mayo, en el que tendrán lugar diferentes talleres como pintura con pigmentos naturales, artes plásticas, arcilla polimérica y clases de baile y teatro.

Durante el acto de presentación, el alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, ha señalado la importancia de atender a los jóvenes del municipio quienes, ha asegurado, “son nuestro futuro, por lo que desde el Ayuntamiento entendemos como fundamental la dinamización de su actividad a través de un ocio saludable”.

Por su parte, la concejala de Juventud, Mónica de León, ha afirmado que esta campaña “es una forma de enriquecer personalmente a los jóvenes de San Bartolomé y que, además, lo hagan desde el contacto social y siendo partícipes de la actividad municipal”.

Las actividades serán impartidas por cinco monitoras, habiendo sido tres de ellas galardonadas en pasadas ediciones del Certamen Crea Joven, que ha sido organizado en sus 16 ediciones por el Ayuntamiento de San Bartolomé.

Las actividades organizadas para la campaña están destinadas para residentes en el municipio de San Bartolomé, siendo estas totalmente gratuitas, previa inscripción en la Concejalía de Juventud, a través del teléfono 928520128, extensión 1501 o por correo electrónico a la dirección juventudsanbartolome@gmail.com. Las plazas son limitadas y su aforo estará acotado en función de la demanda.

Según su modalidad, las actividades se desarrollarán en el siguiente horario:

-Taller de pintura con pigmentos naturales (Aula Juventud de la plaza Santa Elena, Playa Honda): jueves, de 17:00 A 18:00 horas (grupo infantil de 4 a 7 años) y de 18:30 a 20:00 horas (grupo juvenil de 8 a 16 años).

-Taller de artes plásticas (Aula anexa a la Casa Cerdeña, San Bartolomé): martes y jueves de 16:30 a 18:00 horas (grupo infantil de 6 a 13 años) y de 18:00 A 19:30 horas (grupo juvenil a partir de 14 años).

-Taller de arcilla polimérica (Aula de Juventud de la plaza Santa Elena, Playa Honda): lunes y miércoles, de 18:00 a 19:30 horas (mayores de 14 años).

-Clases de baile juvenil (Aula de espejos, plaza Santa Elena, Playa Honda): lunes y miércoles, de 18:00 a 19:30 horas (mayores de 14 años).

-Clases de teatro juvenil (Aula de espejos, plaza Santa Elena, Playa Honda): lunes, de 20:15 a 21:15 horas y miércoles, de 19:30 a 21:00 horas (mayores de 14 años).

El Centro de Respiro Familiar de San Bartolomé abrirá sus puertas el 1 de marzo

El proyecto tiene como objetivo garantizar la atención integral con diversos programas para los Mayores

El Ayuntamiento recuerda que ya está abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso

El Centro de Respiro Familiar de San Bartolomé será una realidad el próximo 1 de marzo con la apertura de sus puertas y el inicio de sus actividades. Un proyecto cuyo objetivo es garantizar la atención integral de los mayores con diversos programas y que viene a dar respuesta en materia de conciliación de la vida familiar, laboral y personal de las personas cuidadoras.

El plazo para presentar solicitudes de acceso ya está abierto, y pueden realizarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, en el Registro General del Ayuntamiento y en los Registros de las oficinas municipales. Estas solicitudes estarán disponibles durante todo el año para las personas interesadas en solicitar una de las 30 plazas de las que dispone el Centro.

El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, ha afirmado que, con esta apertura, “culminamos uno de los proyectos más ambiciosos del municipio, a través del cual damos un paso importante en nuestra defensa de un sistema de atención social sostenible, garantizando la compañía y cuidados profesionales a los beneficiarios del servicio, así como tiempo a sus familiares para que puedan mantener sus actividades personales, laborales y sociales”.

Por su parte, la concejala del área del Mayor, Carmen Medina, ha señalado que el Centro “está orientado a personas con limitación funcional, deterioro cognitivo, movilidad reducida o que dependen parcialmente de terceros para desenvolverse en la vida diaria” y ha recordado que los beneficiarios reales atendidos podrían superar los 30 según la modalidad de servicio a la que se acojan.

El Centro de Respiro Familiar tendrá un horario de atención de 8:00 a 17:00 horas, y contará con un equipo multidisciplinar formado por personal de psicología, trabajo social y terapeuta ocupacional.

Para cualquier aclaración, las personas interesadas podrán ponerse en contacto con el departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento al teléfono 928 520 128 extensión 1233 y en Playa Honda al teléfono 928 820 308 extensión 6.

Junto a las solicitudes, se deberá aportar la documentación que establece el artículo 6.3 del Reglamento de Régimen Interno del Centro para Mayores de San Bartolomé ‘Respiro Familiar’, que puede consultarse en la web del Ayuntamiento (www.sanbartolome.es), o en el BOP de Las Palmas, nº 127, de 20 de octubre de 2023.

En este sentido, los requisitos que han de cumplir las personas que interesadas en acceder al mismo son los siguientes:

-Mayores de 60 años. En casos excepcionales y debidamente justificados se contempla destinar un máximo de cinco plazas de la totalidad para aquellas personas que, cumpliendo el resto de los requisitos exigidos en este reglamento, tengan una edad comprendida entre los 40 y 60 años.

-Estar empadronado con un año de antigüedad y residiendo en el municipio.

– Presentar alguna de las siguientes características: Personas con dependencia o aislamiento social: cuentan con una red de apoyo sociofamiliar escaso o vivan solos, generando una situación de riesgo o privación psicosocial; personas con limitación funcional, con movilidad reducida o que dependen parcialmente de terceros para realizar las actividades básicas o instrumentales de la vida diaria; personas con movilidad reducida, con dificultad para deambular o utilizar sus miembros superiores, que necesitan rehabilitación o ayuda para hacerlo automáticamente; y personas con deterioro cognitivo en sus capacidades mentales, dado por su proceso natural de envejecimiento o por patologías física o mental.

Además, se deberán presentar los siguientes documentos para la solicitud de plaza en el centro para mayores ‘Respiro Familiar’:

– Solicitud conforme a modelo oficial; DNI/NIE unidad de convivencia; certificado de empadronamiento y convivencia; tarjeta sanitaria.

– Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad familiar: Pensionistas: certificado de pensión. Trabajadores cuenta ajena: última nómina. Trabajadores autónomos: última liquidación trimestral del IRPF y/o último boletín de cotización a la Seguridad Social y, en todo caso, declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que percibe. Desempleados: DARDE y certificado del Servicio Canario de Empleo de prestaciones. Estudiantes mayores de 18 años: certificado o matrícula de estudios.

– En caso de separación o divorcio: sentencia y/o convenio regulador (en caso de no existir declaración jurada).

– Contrato de alquiler de la vivienda y justificante del pago de la última mensualidad o justificante hipotecario.

– Declaración de la renta del último ejercicio o en su defecto, certificado negativo de su presentación correspondiente al último ejercicio, que abarque a todos los miembros de la unidad familiar (o autorización para la emisión por parte del Ayuntamiento del Certificado correspondiente de todos los miembros de la unidad de convivencia).

– Autorización para la obtención de datos catastrales de todos los miembros de la unidad convivencial.

– Informe médico actualizado, donde se indique el estado de salud e historial médico y se especifique el diagnóstico, grado de dependencia y desenvolvimiento personal (que indique la idoneidad y necesidad del recurso).

– Informes médicos que indiquen la prescripción médica de los medicamentos a administrar.

– Declaración de responsabilidad que autoriza a la Administración municipal para recabar cualquier tipo de información que pueda obrar en su poder o solicitarla a otras Administraciones.

– Certificado de datos bancarios para la domiciliación de las mensualidades.

– En el caso de estar en posesión del reconocimiento y calificación del grado de discapacidad o reconocimiento de la situación de dependencia, se tendrá en cuenta dicha documentación, pero no será un requisito obligatorio para dicha solicitud.

– Toda aquella documentación que se considere oportuna para la correcta valoración de las circunstancias que motivaron la solicitud.

CONVOCATORIA PLENO MUNICIPAL

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación local, y visto el escrito con número 2024002628 de 29 de enero de 2024 de registro de entrada en este ayuntamiento, suscrito por todos los concejales y concejalas que integran la oposición y que alcanzan la cuarta parte del número legal de miembros de la Corporación, exigido por el artículo 46.2 a) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por la que se insta la celebración de Pleno Extraordinario , CONVOCO a los concejales y concejalas, a sesión extraordinaria a celebrar por el PLENO MUNICIPAL, el día 16 de febrero de 2024, a las 9:00 horas en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, para debatir los asuntos consignados en el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

PARTE DECISORIA

PRIMERO.- EXPT E. 2019005394.- ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE LA RECUPERACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PARA LA SELECCIÓN DE FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE SAN BARTOLOMÉ, CEDIDAS A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (CONFORME A LA DISPOSICIÓN QUINTA DE LA LEY 6/1997 DE 4 DE JULIO, DE COORDINACIÓN DE POLICIAS LOCALES DE CANARIAS) EN PLENO DE 31 DE JULIO DE 2019.

SEGUNDO.- EXPTE. 2024000917.-ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE INICIO DE EXPEDIENTE PARA PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PLAZAS VACANTES DE FUNCIONARIOS DE PLICÍA LOCAL.

TERCERO.- EXPTE. 2024000918.-ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN NEGOCIADORA CON LOS FUNCIONARIOS DE LA POLICÍA LOCAL, CONFORMADA POR TODOS LOS GRUPOS POLÍTICOS DE ESTE PLENARIO, EL COMITÉ REPRESENTANTE DE LOS FUNCIONARIOS Y EL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE POLICÍA LOCAL.

De no reunirse el número suficiente de concejales, se celebrará la sesión en segunda convocatoria transcurridas las cuarenta y ocho horas siguientes, significándoles al mismo tiempo que los antecedentes y expedientes relacionados con los asuntos que figuran en el orden del día, se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Asimismo, se le recuerda que es obligatoria su asistencia, de no existir causa justificada que se lo impida y que con la debida antelación deberá comunicar a la presidencia, en evitación de la sanción en que, en otro caso, pudiera incurrir conforme al artículo 78.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril y concordantes del Texto Refundido de Régimen Local y Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico.

Publíquese la presente convocatoria en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, conforme al art. 89 de la Ley 7/2015, de 1 de abril de los municipios de Canarias.

Así lo ordena el Sr. Alcalde-Presidente, en virtud del art. 112.2 de la Ley 7/2015, de 1 de abril de los Municipios de Canarias y art. 192.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por R.D 2568/1986, de 28 de noviembre, en San Bartolomé, en la fecha que figura en el cuadro de autentificación, al margen del presente documento. EL ALCALDE-Isidro Pérez Martín-.

Lo que se notifica a todos los componentes de este órgano colegiado, en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 3.2.b) del Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, en San Bartolomé, en la fecha que figura en el cuadro de autentificación al margen del presente documento.

EL SECRETARIO. -José Manuel Fiestas Perdomo-