INSTITUTO CANARIO DE HEMODONACIÓN Y HEMOTERAPIA

A  V  I  S  O

DONACIÓN DE SANGRE

 

El Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, solicita colaboración ciudadana, acudiendo a donar sangre.

Aquellos interesados, podrán hacerlo, como en otras ocasiones, en el Centro Comercial Deiland de Playa Honda, el 11 de junio de 2012, de 15.30 a 21.00 horas.

INSTITUTO CANARIO DE HEMODONACIÓN Y HEMOTERAPIA

A  V  I  S  O

DONACIÓN DE SANGRE

El Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, solicita colaboración ciudadana, acudiendo a donar sangre.

Aquellos interesados, podrán hacerlo, como en otras ocasiones, en el Centro Comercial Deiland de Playa Honda, el 14 de mayo de 2012, de 15.30 a 21.00 horas.

Bando con motivo de las hogueras de San Juan

AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ BANDO

Asunto: HOGUERAS DE LA FESTIVIDAD DE SAN JUAN.

Don Marcial Martín Bermúdez, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en orden a las atribuciones que me confieren los artículos 21.e y 84.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, a través del presente BANDO,

HAGO SABER:

Que a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.1º del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, los Ayuntamiento podrán intervenir la actividad de sus administrados, entre otros casos, en el ejercicio de la función de policía, cuando existiese perturbación o peligro de perturbación grave de la tranquilidad, seguridad, salubridad o moralidad ciudadanas, con el fin de restablecerlas o conservarlas.

Que los interesados en la realización de cualquier hoguera por motivos de la FESTIVIDAD DE SAN JUAN, deberán comunicarlo expresamente mediante instancia en modelo oficial antes del 21 de junio y que se les facilitará en el Registro General del Ayuntamiento, y Oficinas Municipales de Playa Honda, con indicación de la ubicación de la hoguera. La presentación del correspondiente escrito o instancia presume la aceptación incondicionada por el solicitante del contenido de la totalidad de las condiciones más adelante expuestas y de obligado cumplimiento.

En el supuesto caso de no presentación de la comunicación a la que hace referencia el párrafo anterior, se autoriza a los servicios municipales de la Policía Local a la retirada de la correspondiente hoguera, siempre que no cumplan con todas y cada una de las condiciones a continuación expuestas.

1.-La pila de materiales a quemar no deberá sobrepasar la altura de 3 metros si se ubica a menos de 100 metros de alguna edificación, ni de 5 metros en ningún otro caso.

2.-La pila de materiales no deberá estar compuesta por materiales inflamables ni explosivos, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de residuos cuya combustión pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes o molestos (neumáticos, electrodomésticos, esprays, etc).

3.-La hoguera deberá situarse a una distancia mínima de 15 metros de cualquier construcción, carretera, tendido eléctrico, vehículo o instalación. Deberá igualmente respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras.

4.-Queda terminantemente prohibida la colocación de hogueras en cualquier tipo de vía pública por motivos de seguridad en el tráfico. Se permitirá la colocación de hogueras en la explanada de Guacimeta, siempre que el solicitante garantice el estado del asfalto, mediante la colocación de una capa de arena de al menos 15 cm de grosor.

5.-Queda terminantemente prohibido hacer fuego en la playa, tal y como establece la Ordenanza Municipal sobre el uso y disfrute de playas del termino municipal de San Bartolome.

6.-Las hogueras podrán ser prendidas desde las 21:00 horas del día 23 hasta las 03:00 horas del día 24, de cara a respetar un descanso adecuado de los vecinos. Al finalizar deberá garantizarse que la hoguera queda completamente apagada.

7.-El responsable de la hoguera deberá garantizar que, tras la hoguera, al día siguiente todo queda en condiciones de limpieza y orden, tal y como se encontraba anteriormente.

8.-Que ante cualquier incidente o emergencia se deberá utilizar el teléfono genérico de Emergencias (112) o el de la Policía Local de San Bartolomé (928.52.07.12).

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.

En San Bartolomé (Lanzarote) a ________________

EL ALCALDE-PRESIDENTE

-Marcial Martín Bermúdez-

Instancia de comunicación de hoguera San Juan 2010

Bando con motivo de las hogueras de San Juan

AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ BANDO

Asunto: HOGUERAS DE LA FESTIVIDAD DE SAN JUAN.

Don Marcial Martín Bermúdez, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en orden a las atribuciones que me confieren los artículos 21.e y 84.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, a través del presente BANDO,

HAGO SABER:

Que a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.1º del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, los Ayuntamiento podrán intervenir la actividad de sus administrados, entre otros casos, en el ejercicio de la función de policía, cuando existiese perturbación o peligro de perturbación grave de la tranquilidad, seguridad, salubridad o moralidad ciudadanas, con el fin de restablecerlas o conservarlas.

Que los interesados en la realización de cualquier hoguera por motivos de la FESTIVIDAD DE SAN JUAN, deberán comunicarlo expresamente mediante instancia en modelo oficial antes del 21 de junio y que se les facilitará en el Registro General del Ayuntamiento, y Oficinas Municipales de Playa Honda, con indicación de la ubicación de la hoguera. La presentación del correspondiente escrito o instancia presume la aceptación incondicionada por el solicitante del contenido de la totalidad de las condiciones más adelante expuestas y de obligado cumplimiento.

En el supuesto caso de no presentación de la comunicación a la que hace referencia el párrafo anterior, se autoriza a los servicios municipales de la Policía Local a la retirada de la correspondiente hoguera, siempre que no cumplan con todas y cada una de las condiciones a continuación expuestas.

1.-La pila de materiales a quemar no deberá sobrepasar la altura de 3 metros si se ubica a menos de 100 metros de alguna edificación, ni de 5 metros en ningún otro caso.

2.-La pila de materiales no deberá estar compuesta por materiales inflamables ni explosivos, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de residuos cuya combustión pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes o molestos (neumáticos, electrodomésticos, esprays, etc).

3.-La hoguera deberá situarse a una distancia mínima de 15 metros de cualquier construcción, carretera, tendido eléctrico, vehículo o instalación. Deberá igualmente respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras.

4.-Queda terminantemente prohibida la colocación de hogueras en cualquier tipo de vía pública por motivos de seguridad en el tráfico. Se permitirá la colocación de hogueras en la explanada de Guacimeta, siempre que el solicitante garantice el estado del asfalto, mediante la colocación de una capa de arena de al menos 15 cm de grosor.

5.-Queda terminantemente prohibido hacer fuego en la playa, tal y como establece la Ordenanza Municipal sobre el uso y disfrute de playas del termino municipal de San Bartolome.

6.-Las hogueras podrán ser prendidas desde las 21:00 horas del día 23 hasta las 03:00 horas del día 24, de cara a respetar un descanso adecuado de los vecinos. Al finalizar deberá garantizarse que la hoguera queda completamente apagada.

7.-El responsable de la hoguera deberá garantizar que, tras la hoguera, al día siguiente todo queda en condiciones de limpieza y orden, tal y como se encontraba anteriormente.

8.-Que ante cualquier incidente o emergencia se deberá utilizar el teléfono genérico de Emergencias (112) o el de la Policía Local de San Bartolomé (928.52.07.12).

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.

En San Bartolomé (Lanzarote) a ________________

EL ALCALDE-PRESIDENTE

-Marcial Martín Bermúdez-

Instancia de comunicación de hoguera San Juan 2010

Abierto el plazo de presentación de solicitudes para ubicar stand en la II feria de salud y deporte

ABIERTO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA UBICAR STAND EN LA II FERIA DE SALUD Y DEPORTE DE SAN BARTOLOMÉ

El Ayuntamiento de San Bartolomé tiene previsto organizar para el mes de junio la II FERIA DE SALUD Y DEPORTE, por lo que anima a todas empresas, ONG´s, asociaciones, clubes y colectivos, relacionadas con estos dos sectores que estén interesadas en tener un stand en el que mostrar sus productos y oferta, se pongan en contacto con el Departamento de Deportes ubicado en el Polideportivo Municipal, calle Pío XII s/n en San Bartolomé, o llamando al 928 520 415 ó en las Dependencias Municipales de Playa Honda, ubicadas en la calle Merlín nº1, o llamando al 928 820 308 extensión 14, o al móvil 669 502 394. Email: deportes@sanbartolome.es

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 30 de abril.

Convocatoria para la obtención del carné de artesano

1.- Órgano competente: Ilmo. Sr. Presidente del Cabildo de Lanzarote
2.- Plazo de solicitud para el año 2010: Del 1 al 31 de marzo y del 1 al 30 de septiembre. http://www.artesaniadelanzarote.com
3.- Obtención de documentación e información: Área de Industria, Comercio, Consumo y energía (servicio de Artesanía) del Cabildo de Lanzarote.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, miércoles 3 de fecbrero de 2010

Curso manipulador de alimentos año 2010

MATRÍCULA GRATUITA
INSCRIPCIÓN: CONCEJALIA DE SANIDAD DE LA CASA CERDEÑA Y OFICINA MUNICIPAL DE PLAYA HONDA
FECHA DE INSCRIPCIÓN DEL 15 DE FEBRERO AL 1 DE MARZO
NUMERO DE PLAZAS LIMITADO A 30 SE ADJUDICARAN POR ORDEN DE MATRICULA.

Documentación a presentar:

  • Fotocopia de D.N.I.
  • Certificado de empadronamiento en el Municipio
  • Dos fotos

FECHA DEL CURSO: 08 Y 09 DE MARZO DE 2010 (Horario de 09:00 a 12:00 horas)