Bases reguladoras con vigencia indefinida para la concesión de subvenciones a proyectos de digitalización en empresas

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras que han de regir, con vigencia indefinida, la concesión de subvenciones a proyectos de digitalización en empresas, que se ejecuten de manera efectiva, con el fin de acelerar su transformación de modo que les permita alcanzar un modelo más resiliente y competitivo.

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Subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo (IPI) 2025

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 1 de febrero de 2025 a las 9:00 horas, y finalizará cuando se produzca el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, el día 31 de marzo de 2025 a las 14:00 horas. Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones las empresas o clústeres que vayan a desarrollar un proyecto de innovación y cumplan, en el momento de presentación de la solicitud, los requisitos establecidos en la base reguladora tercera. Contratación de personal innovador que participe en la realización de un proyecto de innovación, conforme a la definición de la base reguladora segunda, apartado b), para el ejercicio 2025.

Ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante el desarrollo de productos y servicios tecnológicos para espacios de datos

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día viernes, 31 de enero de 2025. El objeto de esta convocatoria es ofrecer, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) para impulsar y hacer más competitiva la oferta de productos y servicios necesarios para el despliegue de los espacios de datos en todos los sectores económicos y para todos los intervinientes en los ecosistemas de compartición de datos.

Convocatoria de concesión de ayudas públicas correspondientes al año 2024, en el marco del Plan de impulso al emprendimiento para la innovación en el sector portuario («Puertos 4.0»), en la modalidad de Proyectos pre-comerciales

Las solicitudes de los interesados y la documentación adjunta a las mismas se presentarán en el plazo de tres meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y hayan de realizar los proyectos subvencionables, a los que se refiere la Orden Ministerial TMA/702/2020. Estas ayudas tienen como finalidad activar la inversión pública y privada en innovación para la transformación y fortalecimiento de las capacidades tecnológicas del sector del transporte, la logística y los puertos y favorecer la aplicación de nuevos conocimientos y tecnologías de carácter disruptivo, nuevos usos de tecnologías ya existentes pero todavía no aplicadas al sector logístico-portuario, así como actividades de investigación aplicada generadoras de valor añadido para la comunidad logístico-portuaria, a través de proyectos empresariales.

Subvenciones a Proyectos de innovación en empresas

  • Para proyectos en los que se desarrollen o utilicen conocimientos y tecnologías emergentes. La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto total elegible, siendo el límite mínimo y máximo a conceder por proyecto de 100.000€ y 300.000€ – Más información

– Orden de 12 de diciembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras con vigencia indefinida para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a empresas para la realización de proyectos de innovación en áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible de Canarias (RIS3 ampliada), cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FEDER Canarias 2021-2027.

  • Para el impulso de proyectos de innovación disruptiva. La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto elegible – Más información

– Convocatoria de subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias, Programa STARS (2025).

– Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 31 de marzo de 2025.

  • Para la contratación de personal que participe en la realización de un proyecto de innovación – Más información

– Convocatoria de subvenciones para la Incorporación de Personal Innovador al Tejido Productivo (IPI 2025).

– Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 31 de marzo de 2025.

El Ayuntamiento de San Bartolomé gestiona más de 800.000 euros en ayudas para la rehabilitación de viviendas

San Bartolomé, 4 de febrero de 2025. El Ayuntamiento de San Bartolomé ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas a la rehabilitación de viviendas, que estará vigente desde el 4 de febrero hasta el 3 de abril de 2025. 

El ayuntamiento gestionará así un total de 809.694,07 euros procedentes del  Instituto Canario de la Vivienda del Gobierno de Canarias, en el marco del Plan de Viviendas 2020-2025, destinados a financiar obras de rehabilitación en viviendas aisladas o interiores de edificios, con el objetivo de luchar contra la pobreza energética y regularizar situaciones de viviendas fuera de ordenación, además de minimizar los efectos de la despoblación.

Se trata de la tercera convocatoria que saca adelante el actual equipo de gobierno, siendo el único municipio de Lanzarote en materializarla, obteniendo una alta participación, pues en el último llamamiento se beneficiaron un total de 180 familias. 

El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, ha destacado la importancia de la gestión municipal de estas ayudas, ya que con ellas, “se apuesta por mejorar  de la calidad de vida de nuestros vecinos y vecinas, fomentando la rehabilitación de sus hogares para hacerlas más seguras, sostenibles y eficientes desde el punto de vista energético”. 

Pérez recalca que San Bartolomé cuenta con una población de 19.443 personas, según los datos aportados por el Instituto Canario de Estadística (Istac), por lo que, “optar a estas subvenciones permite a las familias consolidar y desarrollar un proyecto de vida en el municipio”. 

La concejala de Urbanismo y Coordinación de Proyectos, Actividades Clasificadas e Inocuas, Espectáculos Públicos y Vivienda, Marlene Romero, resalta que “estas ayudas son una oportunidad para muchas familias que necesitan adaptar sus viviendas a nuevas necesidades o mejorar su eficiencia energética, contribuyendo además a la regeneración urbana de nuestro municipio.”

La cuantía de la subvención cubrirá entre el 50 % y el 100 % del coste subvencionable de cada actuación (en el caso de colectivos vulnerables), con un máximo de 5.000 € por vivienda.

Las personas empadronadas en el municipio pueden presentar su solicitud antes del 3 de abril de este año, por lo que, para ampliar información sobre esta convocatoria pueden acudir a la Oficina Técnica del Ayuntamiento de San Bartolomé o contactar con ella a través del número de teléfono 928 52 01 28 (ext. 1259).

Podrán acceder a estas ayudas las personas mayores de edad con nacionalidad española o residencia legal en España, que estén empadronadas y residan de forma efectiva en el municipio de San Bartolomé. Las personas solicitantes deberán ser propietarias, copropietarias, arrendatarias, usufructuarias o herederas de las viviendas. 

La solicitud de subvención y resto de anexos y otra documentación requerida deben ser dirigidas a la Concejal Delegada de Urbanismo y Coordinación de Proyectos, Actividades Clasificadas e Inocuas, Espectáculos Públicos, y Vivienda del Ayuntamiento de San Bartolomé, mediante el Registro de Entrada del Ayuntamiento de San Bartolomé. 

Asimismo, también podrán presentarse las solicitudes a través de los registros de las administraciones públicas estatales, regionales y locales adheridas al programa de la oficina de registro virtual-ORVE y, además, mediante las disposiciones legales previstas para la utilización de la Sede Electrónica, las solicitudes pueden presentarse mediante la misma a través de la dirección web www.sanbartolome.es-SedeElectrónica.

Consulta y descarga toda la información a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de San Bartolomé, en el siguiente enlace: https://eadmin.sanbartolome.es/publico/edictos/2025000013

Bases Generales para el Proyecto de Empleabilidad 2024

Proyecto de la Confederación Empresarial de Lanzarote subvencionado por la Consejería de Empleo del Cabildo Insular de Lanzarote, con la financiación del Fondo de Desarrollo FDCAN del Gobierno de Canarias.

Ámbito de ejecución:

El ámbito territorial de ejecución de este proyecto serán las islas de Lanzarote y La Graciosa.

Objetivos:

Financiar parcialmente los costes laborales de las empresas por la contratación temporal o indefinida de personas desempleadas inscritas en el Servicio Canario de Empleo (SCE).

Beneficiarios/as:

Podrán solicitar la subvención cualquier empresa, sea autónomo/a o sociedad mercantil en cualquiera de sus formas S.A, S.L, S.C.P, con residencia y centro de trabajo en las islas de Lanzarote o La Graciosa.

Plazos:

La duración máxima de estas subvenciones será de 9 meses, desde el 1 de junio de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025.

Requisitos:

  1. Contratación laboral temporal o indefinida de una persona desempleada inscrita en el Servicio Canario de Empleo como demandante.
  2. La relación laboral subvencionada deberá tener una duración mínima de 6 meses. (Los contratos laborales subvencionados podrán tener una duración inferior a 6 meses, siempre y cuando la relación laboral alcance los 6 meses).
  3. La contratación será a jornada completa.
  4. Los salarios de la persona contratada deberán abonarse por medios bancarios. No se admiten pagos en efectivo.

Plazo de presentación:

El periodo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2024. Este plazo podrá ser ampliado por la oficina de empleabilidad de la CEL, en función del número de solicitudes recibidas y fondos disponibles.

Documentación a acompañar con la solicitud:

  1. Impreso de solicitud.
  2. Darde en vigor a la fecha de la contratación de la persona contratada.
  3. DNI de la persona contratada.
  4. Copia del contrato de trabajo.
  5. Resolución de alta en la Seguridad Social.
  6. Declaración responsable de la empresa contratante.

Obligaciones de la empresa beneficiaria:

  1.  A comunicar en el plazo de 5 días hábiles cualquier incidencia acaecida en la relación laboral subvencionada (no superación del periodo de prueba, baja voluntaria, despido procedente, etc.), en estos casos la empresa podrá optar por sustituir al trabajador/a por otra persona que cumpla los mismos requisitos, o dar por finalizado el periodo subvencionable.
  2. Aportar la documentación justificativa de la subvención dentro de los 10 días naturales siguientes al requerimiento de la oficina de empleabilidad de la CEL, deberán aportar telemáticamente:
    • Nómina mensual del trabajador/a y justificante bancario de pago.
    • Justificante de los modelos RLC y RNT y justificante de pago.

Criterios de concesión:

La cuantía de la subvención vendrá determinada por los siguientes parámetros:

  • Pertenencia de la persona desempleada a alguno de los colectivos
  • Porcentaje máximo subvencionable de los costes salariales y sociales
  1. Cada empresa solo podrá ser beneficiaria de una única subvención a la contratación de personas desempleadas.
  2. Las subvenciones serán concedidas en base a los siguientes criterios según el orden establecido a continuación:
    • Empresario/a persona física (Autónomo/a).
    • Contratación de personas desempleadas con diversidad funcional (mínimo un 33%).
    • Duración del contrato celebrado (mayor duración, mayor puntuación).
    • Tamaño de la empresa en función del número de trabajadores empleados, siendo el criterio aplicable a menor tamaño, mayor puntuación.
    • Empresas pertenecientes al sector primario (agricultura, ganadería y pesca).
    • Orden de presentación y registro de entrada de solicitudes.

La cuantía se determinará en función de los criterios establecidos en el siguiente cuadro (debiendo tener en cuenta la cuantía máxima, el porcentaje a subvencionar de los costes sociales y pertenencia a un colectivo).

Red.es lanza el Bono de Conectividad: 48 millones de euros para pymes y autónomos

Las empresas de entre 0 y menos de 50 empleados pueden solicitar estas ayudas desde hoy hasta el 30 de diciembre.

Red.es, entidad pública adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, ejecuta, en coordinación con la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, la iniciativa Bono de Conectividad, que desde hoy ya puede solicitarse a través de la sede electrónica de Red.es y cuyas subvenciones se otorgarán a través de un proceso no competitivo, por orden de llegada.

Esta iniciativa, también conocida como Programa Único Demanda Bono Pyme, está destinada a mejorar la conectividad digital de empresas de entre 0 y menos de 50 trabajadores (pymes, microempresas y autónomos) y espera conceder 11.000 bonos para impulsar la digitalización de las pymes.

Se trata de un programa que viene a reforzar el apoyo a la digitalización de las pymes y que se suma a otras iniciativas gestionadas por Red.es como Kit Digital, que subvenciona soluciones digitales para mejorar el nivel de madurez digital o Kit Consulting, que ofrece bonos para contratar servicios de asesoramiento. El Bono de Conectividad es compatible con ambas iniciativas y podrá solicitarse desde hoy y hasta el próximo 30 de diciembre.

Hasta 3.000 euros de subvención

El programa ofrece una subvención de hasta 3.000 euros, estructurada en dos elementos: una solución de acceso a internet mediante red de banda ancha y una ayuda para servicios de conectividad asociados. Si la empresa cumple con las condiciones establecidas en las bases (y que pueden consultarse en www.acelerapyme.es), podrá elegir los servicios o soluciones que más se adapten a sus necesidades dentro del catálogo de la iniciativa:

  • Acceso a internet de banda ancha.
  • IP fija
  • Wifi profesional
  • Telefonía móvil corporativa
  • Almacenamiento y backup en la nube: básico.
  • Almacenamiento y backup en la nube: avanzado.
  • Centralita virtual

Algunas categorías tienen requisitos especiales. Por ejemplo, para acceder a internet de banda ancha, se precisa no disponer en el momento de solicitud de un acceso a internet de 100 Mbps en sentido descendente ni haberlo dispuesto en los 3 meses anteriores.

Con respecto a telefonía móvil corporativa, la ayuda se abonará exclusivamente para líneas de nueva numeración. Además, tanto en esta categoría como en la de centralita virtual, se comprobará el número de usuarios solicitados con respecto a la plantilla media de la empresa.

A través de una solicitud única en la plataforma, la empresa podrá elegir la categoría de acceso a internet de banda ancha y complementarla con otra u otras del catálogo según sus necesidades.

El importe recibido dependerá del servicio y/o solución elegido y el periodo de prestación será de 12 meses.

Los Prestadores de Servicios y Soluciones de Conectividad, serán los encargados de llevar a cabo el servicio y/o solución elegido, además de guiar en los pasos a seguir para continuar con el proceso de digitalización de empresa y justificar posteriormente la actividad realizada. Los requisitos para ser Prestador de Servicios y Soluciones también pueden revisarse en www.acelerapyme.es.

Puntos clave para la solicitud de la ayuda

A la hora de solicitar la ayuda hay que tener en cuenta los siguientes pasos:

  • Previo a la solicitud. El beneficiario deberá realizar tres acciones:
  • Consultar el Catálogo de Servicios y Soluciones de Conectividad para seleccionar aquellos que más se adapten a sus necesidades.
  • Firmar un contrato previo con el Prestador o Prestadores de Servicios y Soluciones de Conectividad con los que quiere trabajar.
  • Cumplimentar el formulario web en la sede electrónica, documento que podrá presentar el representante legal del solicitante o, en su defecto, el representante voluntario designado. Como mejora, el formulario de representación voluntaria está incorporado en la propia sede electrónica del programa.
  • Solicitud. El beneficiario deberá seleccionar los servicios contratados identificando al Prestador o Prestadores de la solución y adjuntar, si fuera necesario, la autorización de Representante Voluntario.
  • Tras la solicitud.
  • El servicio se prestará durante 12 meses y deberá concluirse dentro de los 15 meses siguientes a la resolución.
  • El Prestador de Servicios y Soluciones deberá realizar la justificación del trabajo dentro de los 3 meses siguientes a la finalización.
  • La emisión de la factura y el abono deberá ser posterior a la fecha posterior a la presentación de la solicitud y anterior a la de fin de la justificación.

Para aclarar tanto a posibles beneficiarios como a Prestadores de Servicios y Soluciones los pormenores del programa, se ha habilitado un servicio de soporte de lunes a viernes de 9:00 a 18:00h:

Subvenciones al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales, y la producción de cortometrajes 2024

Desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales.

-Producción de cortometrajes.

Punto de Información de Subvenciones: icalderon@camaralanzarote.org

Teléfono: 928 82 41 61 Ext. 4600

Beneficiarios

Productoras audiovisuales

  • serán independientes, cumpliendo los requisitos del art. 4 n) de la Ley del Cine.
  • Inscritas en  Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias antes de la finalización del plazo de solicitud.
  • Domicilio fiscal o establecimiento permanente en Canarias.

-Coproducciones:

  • Acuerdo escrito señalando porcentajes de titularidad y gasto sobre la obra, nombrando coproductora gestora del proyecto.

Agrupaciones de Interés Económico: 

  • serán independientes, cumpliendo los requisitos del art. 4 n) de la Ley del Cine.
  • Inscritas en  Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias antes de la finalización del plazo de solicitud.
  • Al menos una las entidades cumplirá los requisitos de ser independiente, registrada y con domicilio fiscal o establecimiento en Canarias, ostentando poderes suficientes de representar y obrar en nombre de la AIE.
Información
  • Régimen de concurrencia competitiva.
  • Cada productora o conjunto de coproductoras podrá presentar un máximo de dos proyectos dentro de cada categoría. En ningún caso una productora será beneficiaria con más de un proyecto en una misma categoría.

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