San Bartolomé promueve la inclusión e introducirá en las solicitudes, instancias y formularios mención al “nombre sentido”

El alcalde, Alexis Tejera destaca que el fin es “promover la inclusión de las personas trans, intersexuales y otras cuyo nombre legal no coincida con el sentido, en sus trámites con esta administración”.

El pleno celebrado esta tarde se ha acordado por unanimidad en el punto sexto iniciar el procedimiento para la adopción de medidas tendentes a la mención al nombre del género sentido (nombre sentido) de forma complementaria al nombre oficial, en los trámites a realizar en este Ayuntamiento por las personas trans, intersexuales y otras cuyo nombre legal no coincida con el sentido, y realizar las notificaciones y demás comunicaciones que reciban los solicitantes con el nombre sentido.

Así, las personas trans y las personas intersexuales podrán ser tratadas y nombradas de acuerdo con el nombre del género con que se identifican, facilitando el cambio del nombre legal por el nombre del género sentido en todos los documentos y recursos que utilizan sin implicaciones jurídicas.

Esta medida repercutirá de manera positiva ya que contribuirá a reducir la discriminación y promover la inclusión de las personas trans, intersexuales y otras cuyo nombre legal no coincida con el sentido. Además, promoverá la visibilización de la diversidad afectivo sexual y de género en la población general de isla, contribuyendo a la sensibilización y concienciación. Habría, pues, un efecto preventivo de la discriminación y los delitos de odio.

La inclusión del “nombre sentido” es una manera de promover prácticas institucionales a nivel local comprometidas con el Respeto a la Diversidad ldentitaria, Corporal y Afectivo Sexual, y por lo tanto, generadoras de bienestar social, respondiendo así a demandas explícitas por parte de las asociaciones, entidades y colectivos LGTBIQ de Canarias. Las personas trans y las personas intersexuales podrán ser tratadas y nombradas de acuerdo con el nombre del género con que se identifican junto a su nombre legal, siempre que dicha mención tenga naturaleza complementaria y no excluyente del nombre legal.

San Bartolomé ampliará el cementerio municipal

El Ayuntamiento de San Bartolomé aprobó inicialmente la ordenanza provisional municipal para la ampliación del cementerio municipal destinada a la construcción de nuevos nichos, teniendo en cuenta que esta es de las obras de ampliación previstas, y el escaso número de nichos libres.

El alcalde, Alexis Tejera comenta que “el servicio de cementerio es una prestación obligatoria municipal, y se procederá a la ampliación de un total de 470,80 m2, teniendo encaje legal la aprobación de una ordenanza provisional para tal fin en un municipio con una población de 18.805 habitantes y con un cementerio en el que quedan escaso número de nichos. La porción de suelo en la que se situarán los nuevos nichos tiene en la actualidad la clasificación de suelo rústico en la categoría de protección natural ecológico-El Jable (S.R.P.-J), y pasará a tener la categorización de suelo rústico de protección de infraestructuras”.

A continuación se someterá el presente acuerdo, junto al expediente tramitado al efecto, a información pública mediante la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Provincia y en el portal de transparencia de la página web de este ayuntamiento, por un plazo de 30 días hábiles, pudiendo los/as interesados/as examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

La citada ordenanza se considerara definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamación; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Este acuerdo se comunicará a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias y a la Consejería de Política Territorial del Cabildo Insular de Lanzarote, todo ello en cumplimiento del apartado 5 del artículo 154 de la Ley 4/2017 de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

Una vez que entre en vigor la presente ordenanza, la ejecución de la ampliación del cementerio se llevará a cabo, mediante la redacción, licitación y ejecución del correspondiente proyecto técnico que deberá cumplir con las condiciones que estable el apartado 3.2 del anexo 5 del Decreto 132/2014, de 29 de diciembre, de Sanidad Mortuoria, que se transcriben en el articulado de la ordenanza y se continuará con el procedimiento pertinente.