Información detallada en el siguiente enlace: https://eadmin.sanbartolome.es/publico/edictos/2021000062

Las personas interesadas tendrán de plazo hasta el 17 de agosto, para presentar la declaración responsable y documentación requerida a tal fin. Para ampliar información llamar al 928 52 01 28 extensión 1234 / 1500 o llamando 928 52 12 00.

El alcalde, Alexis Tejera, informa a todas las personas interesadas que el Ayuntamiento de San Bartolomé ha publicado la autorización de la ocupación de la calle Mayor en la Localidad de Playa Honda, para regular la autorización o licencia para mercadillo (al amparo de lo establecido en el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria y la Ordenanza Municipal Reguladora de Venta Ambulante o No Sedentaria en el Término Municipal de San Bartolomé) de productos del sector primario (frutas, verduras y demás productos agrícolas, licores y vinos, derivados lácteos, cárnicos y demás productos de ganadería, pan y derivados de repostería y productos del mar), productos artesanales (artesanía tradicional Canaria y artesanía artística y contemporánea), conforme al art. 5.1 de la ordenanza municipal reguladora, a celebrar en la localidad Playa Honda, el tercer domingo de cada mes, en horario de 10:00 a 14:00 horas, siendo 43 el número máximo de puestos a instalar en dicho mercado.

Los concejales de Agricultura, Raúl de León y Artesanía, Ana María Lopes, invitan a aquellas personas interesadas a presentar su declaración ante la convocatoria de licitación pública, para la adjudicación de 43 puestos de venta ambulante a través de mercadillo, debiendo presentar los interesados antes del día 17 de agosto debidamente cumplimentada, la declaración responsable y documentación que figura en el  Anexo I de la Ordenanza Municipal de la Ordenanza Municipal publicada íntegramente en el BOP de la Palmas nº 145, de 20 de noviembre de 2015, y como anexo al anuncio de licitación pública.

La documentación solicitada deberá ser presentada en el Registro General de entrada de documentos de este ayuntamiento o en los lugares que indica el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Conforme determina el art. 14.2 de la mencionada ordenanza.