María Dolores Corujo comenta: “Con esta ordenanza sólo se pretende preservar los distintos caminos rurales del municipio importantes para el sector agrícola y ganadero que también son vías de comunicación del patrimonio natural necesario para el disfrute del uso público de la naturaleza.

En sesión plenaria esta tarde, lunes 23 de julio, quedó aprobada definitivamente la ordenanza por unanimidad. El objeto de esta ordenanza es regularizar la utilización de los quads, buggies, motos de trial, enduro o cross y vehículos de características análogas para fines deportivos o recreativos, o destinados a su alquiler en el término municipal de San Bartolomé, en cuanto a la publicidad, estacionamiento y circulación de los mismos, a través de caminos rurales en su ámbito de competencias, tanto en lo referente a la circulación motorizada individual como en grupo.

Alexis Tejera, concejal de medio ambiente del Ayuntamiento de San Bartolomé señala que “se protegen las vías urbanas y en especial los caminos rurales del municipio pretendiendo evitar el deterioro que sufren por el paso de vehículos de estas características, con el objetivo final de garantizar la conservación del patrimonio natural del municipio, asegurando a la vez el respeto a la población y a la propiedad pública y privada del mundo rural, y la protección de elementos culturales y paisajísticos. La ordenanza contempla prohibiciones generales en relación con la circulación de quads, buggies, motos de trial, enduro o cross y vehículos de naturaleza análoga, contemplando que no podrán pasar por caminos rurales, vías urbanas, avenidas, plazas, parques, y zonas ajardinadas por entenderse que se trata de vías/zonas cuyas condiciones de seguridad, interés paisajístico, ganadero o agrícola, o compatibilidad con el uso de otros vehículos y el de personas, hacen preciso prohibir el empleo con fines recreativos”.

La ordenanza establece tres caminos por los que sí está autorizado el paso a estos vehículos, el Camino de la Nave Municipal, Camino La Cañada y Camino Las Majadas. Cabe recordar que el incumplimiento de la ordenanza conlleva sanciones económicas.

La ordenanza se publicará en el B.O.P. de Las Palmas, no entrando en vigor hasta una vez transcurridos 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en el citado boletín.