La Revista Oficial de la Seguridad Social ha publicado recientemente un vídeo tutorial donde se explica a los afiliados al RETA como ajustar sus cuotas al nuevo sistema de cotización por ingresos reales. En pocos pasos, la Tesorería enseña a los trabajadores por cuenta propia cómo funciona la plataforma ‘Import@ss’, lugar donde deberán ajustar y comunicar sus bases de cotización de aquí en adelante.

Desde el pasado 1 de enero, fecha de entrada en vigor del nuevo sistema de cotización, la comunicación de previsión de ingresos reales se realiza a través del portal de la Seguridad Social conocido como ‘Import@ss’.  A través de esta plataforma, el autónomo deberá introducir sus rendimientos y, automáticamente, la Seguridad Social le informará sobre la base de cotización que le corresponde y la cuota que deberá abonar mensualmente.

Pasos que señala el nuevo video para cambiar la base de cotización

La Seguridad Socialofrece unos pasos  para que los autónomos puedan cambiar “cómodamente” su base de cotización y adaptarse al nuevo sistema. A continuación, desgranamos el vídeo tutorial ofrecido por la Tesorería para cotizar por ingresos reales.

1 – Accede a ‘Import@ss’

El nuevo porta de la Seguridad Social, ‘Import@ss’, es un espacio digital adaptado a dispositivos móviles, accesible desde la web, la Sede electrónica (SEDESS) y la app de la Seguridad social, en el que se ofrece información y servicios de tramitación tanto para trabajadores por cuenta ajena como  cuenta propia. En el caso de los autónomos, será el lugar donde comunicar y gestionar sus cuotas mensuales a la Tesorería.

Enlace a ‘Import@ss’: https://portal.segsocial.gob.es/wps/portal/importass/importass

2 – Entrar en tu área personal y elegir uno de los métodos de identificación

Una vez estemos ubicados en ‘Import@ss’ tendremos que acceder a nuestro espacio personal. Para ello el trabajador por cuenta propia debe dirigirse al apartado ‘Entra en tu área personal’ e identificarse a través de una de las siguientes acreditaciones:

  • Cl@ve móvil
  • Cl@ve permanente
  • Cl@ve PIN
  • Vía SMS
  • DNI
  • Certificado Electrónico
  • EU Login

3 – Ver tus datos como autónomo

Una vez se haya acreditado el trabajador por cuenta propia, el autónomo debe pinchar en “Ver tus datos de autónomo”.

4 – Acceder a cuotas y cotización

Una vez dentro del espacio personal del afiliado al RETA, aparecerá un panel ubicado a su izquierda donde podrá leer “Cuota y Cotización. Debe pinchar sobre ese apartado. 

5 – Modificar las cuotas 

Uno de los datos más relevantes que se nos presentarán en este proceso es el de la fecha de efecto en el que se producirá el cambio de cuotas. Los autónomos tienen la oportunidad de ajustar sus ingresos netos a sus bases de cotización para ajustar lo que tendrán que pagar a la Tesorería. Siempre y cuando se realice durante las siguientes fechas:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

6 – Indicar los rendimientos netos previstos

Otro de los puntos claves – y donde un autónomo no debe equivocarse – es en la indicación de los rendimientos netos mensuales que prevé obtener.

Para calcular estos rendimientos y conocer su nueva cota, la Seguridad Social ha establecido una fórmula para determinar este importe. Esta sería la siguiente: calcular primero los rendimientos netos anuales de la actividad (ingresos menos gastos deducibles), sumarle luego todas las cuotas que ha pagado el autónomo a la Seguridad Social durante el ejercicio y restarle un 7% o un 3%, en función de si se es persona física o societario. Esto les dará como resultado la base de cotización que les corresponde. Finalmente tendrán que ubicar dicho importe en el tramo de esta tabla de cotizaciones por ingresos reales para saber la cuota:

7 –  Ver el tramo de bases que le corresponde

Al comunicar los rendimientos netos previstos, automáticamente la Seguridad Social mostrará la base que le corresponde al autónomo por el rendimiento seleccionado. Una vez seleccionada la horquilla de ingresos, la Seguridad Social mostrará al autónomo la cuota mínima y máxima – acorde a la tabla de bases de cotización por ingresos reales recogidas en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio – que tendrán que abonar a la Tesorería teniendo esos rendimientos.

8 – Comprobar los datos y finalizar

Concluida la comunicación es conveniente que los rendimientos netos señalados a la Tesorería, la base de cotización elegida y la fecha de efecto en la que se producirá son correctos para no recibir ninguna sorpresa. Una vez el autónomo esté de acuerdo con todo lo que ha quedado reflejado, deberá firmar y confirmar que está de acuerdo con lo expuesto. También recibirá un comprobante en formato PDF en el que se certifica que se ha producido una modificación en sus cuotas la Seguridad Social.

Dejamos el enlace para video  tutorial por si le es más práctico:

https://youtu.be/QhMiAJ7mHII

Los autónomos pueden cambiar sus cuotas en febrero para paliar la subida inesperada del 8,6%

Los autónomos en revalorización automática que sufrieron este aumento inesperado en sus bases de cotización, tienen hasta finales de febrero para cambiar su cuota comunicando su previsión de rendimientos a la Seguridad Social y comenzar a cotizar por ingresos reales: en muchos casos podrán comprobar que, con ello, reducen sus cuotas a la Tesorería.

Tras recibir miles de consultas por parte de sus asociados y comentarios en redes sociales, ATA recordó al colectivo que la única forma de reducir la cuota y paliar la inesperada subida es comunicar a la Seguridad Social los rendimientos netos previstos para el presente ejercicio. Este cambio en las cuotas se comunicará a la Tesorería a través del portal electrónico conocido como ‘Import@ss’ en el que los trabajadores por cuenta propia podrán ajustar sus cuotas. “Las bases se han incrementado en un 8,6% y el tipo ha subido al 31,2%. Si los rendimientos netos del autónomo son inferiores a lo que le corresponde en su cuota actual, puede bajar esa base con efecto en marzo. La Seguridad Social le devolverá el exceso de cotización el año que viene.