
Don Andrés Stinga Perdomo
Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Área: Economía y Hacienda, Contratación, Personal, Régimen Interior, Tráfico, Policía Local y Seguridad Ciudadana
- Las competencias que el artículo 7 del R.D.L 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, le atribuye a los Ayuntamientos.
- El otorgamiento de permisos, licencias y gratificaciones al personal al servicio de este Ayuntamiento en los términos legalmente establecidos.
- La resolución de los procedimientos administrativos por infracción a la normativa en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
- Desarrollo de la gestión económica, presupuestaria y financiera.
- Resolución de los procedimientos de solicitud de fraccionamiento y aplazamiento del pago de tributos municipales en los términos legalmente establecidos.
- Resolución del procedimiento de concesión de las exenciones o bonificaciones en los términos del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y las ordenanzas fiscales, siempre que sean solicitadas.
- La concesión de anticipos reintegrables.
- La resolución para la devolución de cobros indebidos y la devolución por cese de la actividad objeto del tributo en los térmicos legalmente establecidos.
- Resolución de inicio del correspondiente procedimiento de contratación, aprobación de pliego de cláusulas administrativas y condiciones técnicas y resto de fases contractuales para adjudicación de contratos administrativos y privados, a excepción del acto o resolución administrativa de adjudicación que será competencia de la Junta de Gobierno Local, salvo que por su cuantía corresponda al Pleno del Ayuntamiento.
- La concesión de anticipos de caja y ordenación de pagos a justificar en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y en las bases de ejecución del presupuesto.
- La aprobación de la liquidación del presupuesto.
- La resolución de los procedimientos de modificación presupuestaria que el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, atribuya a la competencia del Alcalde-Presidente.
- PUNTO DE INFORMACIÓN CATASTRAL
Menú Principal
- Página Inicio
- Página de Inicio
- Saluda del Alcalde
- Corporación
- D. Marcial Martín Bermúdez
- D. Tomás Acosta Rodríguez
- D. Andrés Stinga Perdomo
- D. Antonio Rocío Romero
- D. Manuel Rodríguez Fdez.
- Dª Aurea Mauri Cadavieco
- Dª Dolores Corujo Berriel
- D. José Antonio González Hdez.
- Dª Rosa María Mesa García
- D. Carlos Martín Machado
- D. Juan Ant. de la Hoz Glez.
- Dª Ángela Aparicio Hernández
- D. Pedro Lorenzo Reyes
- Dª Ángeles Millán Gómez
- Dª Concep. Álvarez Camacho
- D. Juan J. Guillén Guerra
- Dª Olimpia Martín Elvira
- Quejas y Sugerencias
- Notas de prensa
- Teléfonos de interés
- Enlaces webs de interés
- Callejero
- Información del Municipio
- Versión anterior de la Web
- Servicios municipales
- Ayuntamiento online
- Agenda
- Impresos/Solicitudes
- Perfíl del Contratante
